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Me gustaría preguntar ¿cuál es el tipo de IVA para el alquiler de unidades?

La tasa impositiva sobre el alquiler de viviendas de la empresa es generalmente del 9%. Si es un contribuyente de pequeña escala, la tasa de IVA para el alquiler de la casa es del 5%, para los contribuyentes generales, la tasa de IVA es del 9%. El impuesto a la construcción urbana equivale al 5% o 7% del impuesto al valor agregado, el recargo a la educación es el 3% del impuesto al valor agregado, el recargo a la educación local es el 2% del impuesto al valor agregado y el impuesto a la construcción urbana es igual al 5% o 7% del impuesto al valor agregado. El impuesto es del 12% del alquiler.

Base legal: “Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces” (N° 16, 2065438) Artículo 3 Generalmente los contribuyentes que arriendan bienes inmuebles pagarán el IVA en de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) Los contribuyentes generales podrán optar por aplicar el método simplificado de cálculo del impuesto para arrendar bienes inmuebles adquiridos antes del 30 de abril de 2065 de 2006, y el impuesto a pagar se calculará a un impuesto tasa del 5%.

Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no se encuentran en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal nacional competente donde se encuentre el inmueble de acuerdo a los métodos de tributación anteriores, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.

(2) Si un contribuyente general arrienda bienes inmuebles adquiridos después del 1 de mayo de 2016, se aplicará el método de cálculo del impuesto general.

Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no están en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar por adelantado el impuesto a una tasa impositiva del 3% a la autoridad fiscal nacional competente. donde esté ubicado el inmueble, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.

Si un contribuyente general arrienda inmuebles adquiridos antes del 2065438+ 30 de abril de 2006, y le resulta aplicable el método de cálculo del impuesto general, se aplicarán las disposiciones anteriores.