¿Qué tasa impositiva se aplica al arrendamiento de bienes raíces para los pequeños contribuyentes?
Base Legal
Artículo 4 de las “Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Arrendamiento de Negocios Inmobiliarios”
Pequeñas Los contribuyentes de escala arrendarán bienes inmuebles de conformidad con las siguientes disposiciones son aplicables al pago del impuesto al valor agregado:
(1) Para bienes inmuebles alquilados por unidades y hogares industriales y comerciales individuales (excluidas casas alquiladas por hogares industriales y comerciales individuales), el impuesto a pagar se calcula a una tasa de gravamen del 5%. Para los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan sus casas, el impuesto a pagar se calcula a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5%.
Si la ubicación del inmueble y la ubicación de la institución no se encuentran en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá pagar impuestos por adelantado a la autoridad fiscal nacional competente donde se encuentre el inmueble de acuerdo a los métodos de tributación anteriores, y declarar el impuesto a la autoridad tributaria nacional competente donde esté ubicada la institución.
Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución.
(2) Si otras personas alquilan bienes inmuebles (excluidas casas), el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble. Si otras personas alquilan casas, el impuesto a pagar se calculará a una tasa impositiva del 5% menos el 1,5% y el impuesto se declarará a la autoridad fiscal local a cargo de la ubicación del inmueble.