¿Qué disposiciones tiene la ley nacional de tierras sobre la contratación de tierras de montaña?
Base jurídica
Artículo 13 de la "Ley de gestión de tierras"
Tierras cultivables, tierras forestales y pastizales propiedad de colectivos de agricultores y propiedad del Estado y utilizadas por los colectivos de agricultores de conformidad con la ley. Además de otras tierras utilizadas para la agricultura de conformidad con la ley, la contratación familiar se implementa dentro de organizaciones económicas colectivas rurales, zanjas, colinas y playas desiertas que no son aptas para el hogar. La contratación puede realizarse mediante licitación, subasta, consulta pública, etc., y dedicarse a la industria vegetal, silvicultura, ganadería, producción pesquera. El período del contrato para las tierras cultivadas contratadas por los hogares es de 30 años, los pastizales de 30 a 50 años y las tierras forestales de 30 a 70 años. Una vez que expire el período del contrato para las tierras cultivadas, se ampliará por otros 30 años y el contrato. El período para pastizales y bosques se ampliará en consecuencia de conformidad con la ley.