Quiero adaptar la novela "Big Man" de Gu Long a un cómic. El autor original y la información relacionada se indicarán en el cómic.
(1) El derecho de publicación, es decir, el derecho a decidir si una obra se hace pública; p>
(2) El derecho de firma, es decir, el derecho a indicar la identidad del autor y firmar la obra;
(3) El derecho de modificación, es decir, el derecho modificar o autorizar a otros a modificar la obra;
(4) El derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra contra distorsiones o alteraciones;
(5) El derecho a reproducir, es decir, el derecho a realizar una o más copias de la obra mediante impresión, fotocopia, frotamiento, grabación, videograbación, duplicación o reproducción, etc. Derechos;
( 6) Derechos de distribución, es decir, el derecho a proporcionar originales o copias de obras al público mediante venta o donación;
(7) Derechos de alquiler, es decir, licencias temporales El derecho de otros a utilizar la película obras, obras creadas mediante métodos similares a la realización cinematográfica y software informático, excepto cuando el software informático no sea el objeto principal del arrendamiento;
(8) Derechos de exhibición, es decir, la exhibición pública de obras artísticas, El derecho al original o copia de la obra fotográfica;
(9) Derecho de ejecución, es decir, el derecho a realizar públicamente la obra y a difundir públicamente la ejecución de la obra de diversas formas;
(10) Derechos de proyección, es decir, el derecho a reproducir públicamente obras de arte, fotografías, películas y obras creadas utilizando métodos similares a la realización cinematográfica a través de proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos;
(11) Derechos de radiodifusión, es decir, publicarlas de forma inalámbrica El derecho a reproducir o difundir obras, a difundir obras difundidas al público por cable o retransmisión, y a difundir obras difundidas al público a través de altavoces u otras herramientas similares que transmitan símbolos , sonidos e imágenes;
(12) ) Derecho de difusión de la red de información, es decir, el derecho a proporcionar obras al público a través de medios alámbricos o inalámbricos, para que el público pueda obtener la obra en el momento. y lugar de su elección;
(13) Derecho de realización cinematográfica, es decir, mediante filmación. El derecho a filmar o fijar la obra en un soporte utilizando un método similar a la realización cinematográfica; (14) El derecho a adaptar, es decir, el derecho a cambiar la obra y crear una nueva obra original;
(15) El derecho de traducción, es decir, el derecho a convertir una obra de un idioma a otro;
(16) El derecho de compilación, es decir, el derecho a seleccionar u organizar una obra o fragmentos de una obra en una nueva obra;
(17) Otros derechos que debería disfrutar el propietario de los derechos de autor.
El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior, y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley.
El titular de los derechos de autor podrá transferir todo o parte de los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo 1 de este artículo, y recibir una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta ley. .
Si puedes dar información detallada, puedes dar una respuesta más detallada.