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¿Se pueden subarrendar viviendas de bajo alquiler?

Análisis jurídico: Las viviendas de alquiler social no se pueden subarrendar. Según las leyes y reglamentos pertinentes de mi país, las familias urbanas de bajos ingresos con dificultades de vivienda no pueden prestar, subarrendar o cambiar el uso de viviendas de bajo alquiler.

Base jurídica: Artículo 25 de las “Medidas para la Seguridad de la Vivienda de Alquiler Social”.

Las familias urbanas de bajos ingresos con dificultades de vivienda no pueden prestar, subarrendar o cambiar el uso de viviendas de bajo alquiler.

Si las familias urbanas de bajos ingresos con dificultades habitacionales violan lo dispuesto en el párrafo anterior o cometen cualquiera de los siguientes actos, deberán devolver la vivienda de alquiler social de conformidad con el contrato:

(1) No pagar el alquiler sin motivos justificables Vivir en una vivienda de alquiler económico durante más de 6 meses;

(2) No pagar el alquiler de una vivienda de alquiler económico durante más de 6 meses consecutivos sin motivo justificable razones.