Quiero el texto completo de la ley de propiedad
(Aprobada en la quinta sesión del X Congreso Nacional Popular el 16 de marzo de 2007, promulgada por Orden No. 62 del Presidente de la República Popular China en marzo 16 de octubre de 2007, en vigor a partir del 16 de enero)
Primera Parte Disposiciones Generales
Capítulo Primero Principios Básicos
Capítulo Segundo Constitución, Modificación, Transferencia y Extinción de Derechos de Propiedad
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Sección 1 Registro de Bienes Raíces
Sección 2 Entrega de Bienes Muebles
Sección 3 Otras Disposiciones
Capítulo 3 Protección de los Derechos de Propiedad
p>Parte II Propiedad
Capítulo 4 Disposiciones Generales
Capítulo 5 Propiedad Estatal, Propiedad Colectiva y Propiedad Privada
Capítulo 6 Propietarios Propiedad diferencial de inmuebles
Capítulo 7 Relaciones de Adyacencia
Capítulo 8* * *Ya
Capítulo 9 Disposiciones Especiales para la Obtención de la Propiedad
>Parte Tercera Derechos de Usufructo
Capítulo 10 Disposiciones Generales
Capítulo 2 XI Contrato de Tierras Derechos de Gestión
Capítulo 12 Tierras de Construcción Derecho de uso p>
Capítulo 13: Derecho de uso de finca
Capítulo 14: Servidumbre
Parte 4: Garantías reales
Capítulo 15 Disposiciones Generales
Capítulo 16 Derechos Hipotecarios
Sección 1 Hipoteca General
Sección 2 Hipoteca Máxima
Capítulo 17 Prenda
Sección 1 Prenda de bienes muebles
Sección 2 Prenda de derechos
Capítulo 18 Gravamen
Parte 5 Posesión
Capítulo 19 Posesión
Parte 1 Disposiciones generales
Capítulo 1 Principios básicos
Artículo 1 Propósito Esta ley se formula de conformidad con la Constitución para salvaguardar el sistema económico básico del país, mantener el orden económico de mercado socialista, aclarar la propiedad de las cosas, dar pleno juego a la utilidad de las cosas y proteger los derechos de propiedad de los obligantes.
Artículo 2 Esta Ley se aplicará a las relaciones civiles derivadas de la propiedad y derechos de uso de las cosas.
Las cosas a que se refiere esta Ley incluyen los bienes inmuebles y muebles. Si la ley establece que los derechos son objeto de derechos de propiedad, prevalecerán tales disposiciones.
El término “derechos de propiedad” tal como se utiliza en esta Ley se refiere al control directo y los derechos exclusivos que disfrutan los obligantes sobre cosas específicas de conformidad con la ley, incluyendo la propiedad, los derechos de usufructo y las garantías reales.
Artículo 3: En la etapa primaria del socialismo, el país se adhiere al sistema económico básico en el que la propiedad pública es el pilar y las economías de propiedad múltiple se desarrollan juntas.
El Estado consolida y desarrolla la economía pública e impulsa, apoya y orienta el desarrollo de la economía no pública.
El país implementa una economía de mercado socialista y garantiza la igualdad de estatus legal y derechos de desarrollo de todas las entidades del mercado.
Artículo 4 Los derechos de propiedad nacional, colectiva y privada y los derechos de propiedad de otros titulares de derechos están protegidos por la ley y no pueden ser infringidos por ninguna unidad o individuo.
Artículo 5 La clase y el contenido de los derechos de propiedad estarán determinados por la ley.
Artículo 6 El establecimiento, modificación, transmisión y eliminación de los derechos de propiedad inmueble se registrarán de conformidad con la ley. El establecimiento y transferencia de derechos de propiedad sobre animales se dictará conforme a la ley.
Artículo 7 La adquisición y ejercicio de los derechos de propiedad se ajustará a la ley, respetará la ética social y no dañará los intereses públicos de la sociedad ni los derechos e intereses legítimos de los demás.
Artículo 8 Si otras leyes pertinentes tienen disposiciones especiales sobre derechos de propiedad, esas disposiciones prevalecerán.
Capítulo 2 Constitución, Modificación, Transferencia y Extinción de Derechos Reales
Sección 1 Registro de Bienes Raíces
Artículo 9 Constitución, Modificación, Transferencia y Extinción de Derechos Reales La transferencia y eliminación surtirán efectos después de ser registradas de conformidad con la ley, sin registro, no surtirán efectos, salvo disposición legal en contrario;
Los recursos naturales que son propiedad del Estado según la ley no necesitan ser registrados.
Artículo 10 El registro de bienes inmuebles será tramitado por la agencia de registro donde esté ubicado el inmueble.
El estado implementa un sistema unificado de registro de bienes raíces. El alcance, la agencia de registro y el método de registro del registro unificado están estipulados por leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 11 Al solicitar el registro, los interesados deberán aportar el certificado de propiedad, dirección del inmueble, superficie y demás materiales necesarios según los distintos elementos registrales.
Artículo 12 La agencia de registro realizará las siguientes funciones:
(1) Revisar el certificado de propiedad y demás materiales necesarios proporcionados por el solicitante;
(2 ) ) Consultar al solicitante sobre cuestiones registrales;
(3) Registrar de manera veraz y oportuna los asuntos relevantes;
(4) Otros deberes previstos en leyes y reglamentos administrativos.
Si la información relacionada con los bienes raíces solicitada para el registro requiere pruebas adicionales, la agencia de registro puede exigir que el solicitante complemente los materiales y puede realizar una inspección in situ si es necesario.
Artículo 13 Las agencias registradoras no podrán realizar los siguientes actos:
(1) Solicitar valoración de bienes inmuebles;
(2) Repetir la inscripción a nombre de inspección anual;
(3) Otras conductas fuera del alcance de las responsabilidades de registro.
Artículo 14 El establecimiento, modificación, transmisión y eliminación de derechos inmobiliarios que deban registrarse conforme a la ley, surtirán efectos cuando se inscriban en el libro de registro de bienes raíces.
Artículo 15 El contrato entre las partes sobre constitución, modificación, transmisión y eliminación de derechos reales surtirá efectos desde el momento en que se establezca el contrato, salvo disposición en contrario de la ley o estipulación en contrario en el contrato; El registro de los derechos de propiedad no afectará la validez del contrato.
Artículo 16 El libro de registro de bienes inmuebles es la base de la titularidad y contenido de los derechos reales.
El registro de la propiedad inmobiliaria lo gestiona la agencia registradora.
Artículo 17 El certificado de propiedad del inmueble es prueba de que el obligante goza del derecho de propiedad del inmueble. Las cosas registradas en el certificado de propiedad de la propiedad inmobiliaria deberán concordar con el libro de registro de la propiedad inmueble, si los registros son inconsistentes, prevalecerá el libro de registro de la propiedad inmueble a menos que exista evidencia que demuestre que hay un error en el libro de registro de la propiedad inmueble.
Artículo 18 Los titulares de derechos y las partes interesadas podrán solicitar consultar o copiar los materiales de registro, y la agencia de registro se los proporcionará.
Artículo 19 Si el obligante o interesado cree que existen errores en las materias inscritas en el libro de registro de bienes inmuebles, podrá solicitar la corrección de la inscripción. Si el titular del derecho inscrito en el libro de registro de bienes raíces acepta por escrito la corrección o existe evidencia que demuestre que la inscripción efectivamente es errónea, la agencia registradora procederá a la corrección.
Si el titular del derecho inscrito en el libro de registro de la propiedad inmobiliaria se opone a la corrección, el interesado podrá solicitar la inscripción de oposición. Si la autoridad de registro registra una objeción y el solicitante no presenta una demanda dentro de los 15 días siguientes a la fecha de registro de la objeción, el registro de la objeción no será válido. Si el registro inadecuado de la objeción causa daño al titular del derecho, el titular del derecho puede solicitar daños y perjuicios al solicitante.
Artículo 20 Si las partes firman un acuerdo de derechos de propiedad para la venta de una casa u otro bien inmueble, con el fin de asegurar la realización de los derechos de propiedad en el futuro, podrán solicitar a la autoridad de registro para registro con aviso previo de acuerdo con el acuerdo. Una vez inscrita la notificación, si el inmueble se enajena sin el consentimiento del titular del derecho de inscripción de la notificación, no surtirá efectos como derecho real.
Después del registro con preaviso, si los derechos del acreedor se extinguen o no se presenta ninguna solicitud de registro dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se puede realizar el registro de bienes raíces, el registro con preaviso no será válido.
Artículo 21 Si una parte proporciona materiales falsos para solicitar el registro y causa daño a otros, será responsable de una indemnización.
Si los errores de registro causan daños a otros, la agencia de registro será responsable de la compensación. Después de la compensación, la agencia de registro puede exigir una compensación a la persona que provocó el error de registro.
Artículo 22 Los derechos de registro de bienes inmuebles se cobrarán por unidad y no se cobrarán en función de la superficie, volumen o precio del inmueble. Las normas de cobro específicas serán estipuladas por los departamentos pertinentes del Consejo de Estado junto con las autoridades de precios.
Sección 2.ª Entrega de bienes muebles
Artículo 23. El establecimiento y transmisión del derecho real sobre bienes muebles surtirá efecto a partir de la entrega, salvo disposición legal en contrario.
Artículo 24 El establecimiento, modificación, transmisión y eliminación de derechos de propiedad sobre naves, aeronaves, vehículos automóviles, etc., sin registro, no podrá oponerse a tercero de buena fe.
Artículo 25 Antes del establecimiento y transmisión del derecho real sobre bienes muebles, si el obligante ha tomado posesión del bien mueble conforme a la ley, el derecho real se hará efectivo cuando surta efecto el acto jurídico.
Artículo 26 Antes del establecimiento y transmisión del derecho de propiedad sobre un mueble, si un tercero posee legalmente el mueble, el obligado a entregar podrá transferir el derecho a solicitar del tercero la devolución del original. propiedad en lugar de entrega.
Artículo 27 Cuando se transfieren los derechos reales de un bien mueble, si ambas partes convienen en que el enajenante continuará poseyendo el bien mueble, los derechos reales surtirán efectos desde el momento en que surta efecto el acuerdo.
Sección 3 Otras disposiciones
Artículo 28 El establecimiento, cambio, transferencia y eliminación de los derechos de propiedad causados por documentos legales del tribunal popular, comité de arbitraje o decisión de expropiación del gobierno popular. entrará en vigor cuando entren en vigor los documentos legales o las decisiones de expropiación del gobierno popular.
Artículo 29: Los derechos de propiedad adquiridos por herencia o legado surtirán efectos desde el inicio de la herencia o legado.
Artículo 30 Si por construcción legal, demolición u otros actos de hecho se establecen o eliminan derechos de propiedad, el cómputo se iniciará a partir de la fecha en que se realicen los actos de hecho.
Artículo 31 Si se goza de derechos reales sobre bienes inmuebles conforme a lo dispuesto en los artículos 28 a 30 de esta Ley, al enajenar los derechos reales la inscripción se practicará conforme a la ley. Sin registro no habrá efecto sobre derechos reales.
Capítulo 3 Protección de los derechos de propiedad
Artículo 32 Si se infringen los derechos de propiedad, el titular del derecho podrá resolver el asunto mediante conciliación, mediación, arbitraje o litigio.
Artículo 33 Si existiera controversia sobre la titularidad y contenido de los derechos de propiedad, los interesados podrán solicitar la confirmación de los derechos.
Artículo 34 Si el acreedor no tiene derecho a poseer bienes inmuebles o muebles, podrá pedir la devolución de los bienes originales.
Artículo 35 Si los derechos de propiedad se dañan o pueden dañarse, el titular del derecho podrá pedir que se elimine la obstrucción o peligro.
Artículo 36: Si se daña un bien inmueble o mueble, el obligante podrá solicitar repararlo, rehacerlo, reponerlo o restaurarlo a su estado original.
Artículo 37 Si la infracción de los derechos de propiedad causa daño al titular del derecho, éste podrá exigir una indemnización por la pérdida o asumir otras responsabilidades civiles.
Artículo 38 Los métodos de protección de los derechos de propiedad previstos en este capítulo podrán aplicarse separadamente o combinados según las circunstancias de la infracción de los derechos.
Además de la responsabilidad civil por infracción del derecho de propiedad, quienes violen las normas administrativas incurrirán en responsabilidad administrativa conforme a la ley; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Parte II Propiedad
Capítulo 4 Disposiciones Generales
Artículo 39: El propietario disfrutará de la posesión, uso, renta y beneficios de sus bienes inmuebles o muebles en de conformidad con la ley.
Artículo 40 El propietario tiene derecho a constituir derechos de usufructo y garantías reales sobre sus bienes inmuebles o muebles. Cuando el propietario usufructuario y el titular de la garantía real ejerzan sus derechos, no dañarán los derechos e intereses del propietario.
Artículo 41 La ley establece que ninguna unidad o individuo podrá adquirir la propiedad de bienes inmuebles y muebles que sean propiedad exclusiva del Estado.
Artículo 42: Por necesidades de interés público, los terrenos de propiedad colectiva, las unidades y casas de particulares y otros bienes inmuebles podrán ser expropiados de acuerdo con la autoridad y los procedimientos establecidos por la ley.
Cuando se expropian tierras de propiedad colectiva, las tasas de compensación de tierras, los subsidios de reasentamiento y las tasas de compensación por ocupación de terrenos y cultivos jóvenes deben pagarse en su totalidad de conformidad con la ley, y los gastos de seguridad social para los agricultores expropiados deben deben organizarse para proteger las vidas de los agricultores expropiados y salvaguardar sus derechos e intereses legítimos.
Cuando las casas y otros bienes inmuebles sean expropiados por unidades y particulares, la indemnización por demolición se proporcionará de conformidad con la ley para salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las personas expropiadas, cuando se expropien las casas individuales, los vivos; También se garantizarán las condiciones de vida de las personas expropiadas.
Ninguna unidad o individuo puede malversar, apropiarse indebidamente, distribuir de forma privada, retener o incumplir las tarifas de compensación por expropiación.
Artículo 43: El Estado implementa una protección especial para las tierras cultivadas, restringe estrictamente la conversión de tierras agrícolas en tierras de construcción y controla la cantidad total de tierras de construcción. Las tierras de propiedad colectiva no podrán ser expropiadas en violación de la autoridad y los procedimientos prescritos por la ley.
Artículo 44 Debido a necesidades de emergencia como rescate de emergencia y socorro en casos de desastre, los bienes inmuebles o muebles de entidades e individuos podrán ser requisados de conformidad con la ley de conformidad con la autoridad y los procedimientos prescritos por la ley. Una vez utilizado el inmueble o bien mueble expropiado, éste será restituido a la persona expropiada. Se indemnizarán las unidades y personas cuyos bienes inmuebles o muebles hayan sido expropiados o dañados o perdidos después de la expropiación.
Capítulo 5 Propiedad Estatal, Propiedad Colectiva y Propiedad Privada
Artículo 45 Los bienes poseídos por el Estado conforme a la ley pertenecen al Estado, es decir, a todo el pueblo.
Los bienes de propiedad estatal son propiedad del Consejo de Estado en nombre del Estado; si la ley dispone lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.
Artículo 46 Los yacimientos minerales, los cursos de agua y las zonas marítimas pertenecen al Estado.
Artículo 47: El suelo urbano pertenece al Estado. La ley estipula que la tierra en las zonas rurales y en los suburbios urbanos es propiedad del Estado.
Artículo 48: Bosques, montañas, pastizales, terrenos baldíos, marismas y otros recursos naturales. Es propiedad del Estado, a menos que sea de propiedad colectiva por ley.
Artículo 49: Los recursos animales y vegetales silvestres que son propiedad del Estado según la ley son propiedad del Estado.
Artículo 50 Los recursos del espectro radioeléctrico pertenecen al Estado.
Artículo 51 Los bienes culturales que pertenecen al Estado según la ley pertenecen al Estado.
Artículo 52 Los bienes de la defensa nacional pertenecen al Estado.
Las instalaciones de infraestructura como ferrocarriles, carreteras, instalaciones de energía eléctrica, instalaciones de telecomunicaciones y oleoductos y gasoductos son propiedad del Estado de conformidad con la ley.
Artículo 53: Los órganos del Estado tienen derecho a poseer, utilizar y disponer de los bienes inmuebles y muebles directamente bajo su control de conformidad con la ley y las disposiciones pertinentes del Consejo de Estado.
Artículo 54: Las instituciones públicas tendrán derecho a poseer, usar, aprovechar y disponer de los bienes inmuebles y muebles que directamente administren de conformidad con la ley y las disposiciones pertinentes del Consejo de Estado.
Artículo 55: En las empresas de inversión estatal, el Consejo de Estado y los gobiernos populares locales desempeñan respectivamente los deberes de los inversores en nombre del Estado y disfrutan de los derechos e intereses de los inversores de conformidad con las disposiciones legales y administrativas. regulaciones.
Artículo 56: Los bienes de propiedad del Estado están protegidos por la ley, y cualquier unidad o individuo tiene prohibido apropiarse de ellos, saquearlos, dividirlos privadamente, interceptarlos o destruirlos.
Artículo 57 Las agencias y su personal que desempeñan responsabilidades de administración y supervisión de la propiedad estatal fortalecerán la administración y supervisión de la propiedad estatal de acuerdo con la ley, promoverán el mantenimiento y la valorización de la propiedad estatal. , y prevenir la pérdida de propiedad estatal; abuso de poder Quienes descuidan sus deberes y causan pérdidas a la propiedad estatal serán responsables legalmente de conformidad con la ley.
Cualquier persona que viole las normas de administración de propiedades estatales, transfiera a bajo precio, conspire para la división privada, garantice sin autorización o de otra manera cause pérdidas a la propiedad estatal durante la reestructuración, fusión y escisión de empresas, relacionados transacciones, etc., serán responsables legalmente de acuerdo con la ley.
Artículo 58 Los bienes muebles e inmuebles de propiedad colectiva incluyen:
(1) Tierras y bosques, montañas, pastizales, terrenos baldíos y marismas de propiedad colectiva por ley;
(2) Edificios de propiedad colectiva, instalaciones de producción e instalaciones de conservación de agua en tierras agrícolas;
(3) Instalaciones educativas, científicas, culturales, sanitarias y deportivas de propiedad colectiva;
(4 ) Los demás bienes muebles e inmuebles de propiedad colectiva.
Artículo 59: Los inmuebles y bienes muebles propiedad de las colectivas de agricultores serán de propiedad colectiva de los miembros de la colectiva.
Los siguientes asuntos serán decididos por los miembros del colectivo de acuerdo con los procedimientos legales:
(1) Plan de contratación de tierras y contratación de tierras a unidades o individuos fuera del colectivo;
(2) Ajuste de tierras contratadas entre titulares individuales de derechos de gestión de contratos de tierras;
(3) Uso y distribución de tarifas de compensación de tierras;
(4) Derechos de propiedad de colectivos empresas financiadas Cambios y otros asuntos;
(5) Otros asuntos previstos por la ley.
Artículo 60: La propiedad de las tierras, bosques, montañas, pastizales, terrenos baldíos y marismas de propiedad colectiva se ejercerá de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Si se propiedad colectiva de los agricultores de la aldea, será propiedad de La organización económica colectiva de la aldea o el comité de aldeanos ejercerá colectivamente la propiedad en nombre de los aldeanos;
(2) Si es propiedad colectiva de dos o más agricultores en la aldea, la organización económica colectiva de la aldea o el grupo de aldeanos ejercerán la propiedad colectivamente;
(3) Si es propiedad colectiva de los agricultores del municipio, la organización económica colectiva del municipio ejercerá la propiedad en nombre de el colectivo.
Artículo 61 Los bienes inmuebles y muebles propiedad de las colectivas urbanas gozarán, de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos, de los derechos de posesión, uso, aprovechamiento y disposición por parte de la colectiva.
Artículo 62 Las organizaciones económicas colectivas, los comités de aldeanos y los grupos de aldeanos anunciarán el estado de la propiedad colectiva a sus miembros de conformidad con las leyes, los reglamentos administrativos, los estatutos y las normas y reglamentos de la aldea.
Artículo 63: La propiedad colectiva está protegida por la ley, y cualquier unidad o individuo tiene prohibido apropiarse de ella, saquearla, dividirla privadamente o destruirla.
Si una decisión tomada por una organización económica colectiva, un comité de aldea o su líder infringe los derechos e intereses legítimos de los miembros del colectivo, los miembros del colectivo infringidos pueden solicitar al Tribunal Popular que revoque la decisión.
Artículo 64: Los particulares tienen derecho de propiedad sobre sus rentas legales, casas, artículos de primera necesidad, herramientas de producción, materias primas y demás bienes inmuebles y muebles.
Artículo 65: Los ahorros, las inversiones legales y sus ingresos privados están protegidos por la ley.
El Estado protege los derechos de herencia de las personas y otros derechos e intereses legítimos de conformidad con la ley.
Artículo 66: La propiedad jurídica privada está protegida por la ley, y cualquier unidad o individuo tiene prohibido apropiarse de ella, saquearla o destruirla.
Artículo 67 El Estado, las colectividades y los particulares podrán invertir en la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras empresas de conformidad con la ley. Cuando en una empresa se invierten bienes inmuebles o muebles propiedad del Estado, colectivos o particulares, los inversores disfrutarán del derecho a obtener rendimientos de los activos, tomar decisiones importantes, seleccionar administradores, etc. y cumplir las obligaciones correspondientes de conformidad con el acuerdo o la inversión. relación.
Artículo 68: Las personas jurídicas empresariales tendrán derecho a poseer, usar, aprovechar y disponer de sus bienes inmuebles y muebles de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos y estatutos.
Los derechos de las personas jurídicas distintas de las personas jurídicas jurídicas sobre sus bienes muebles e inmuebles estarán sujetos a las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos y estatutos pertinentes.
Artículo 69: Estarán protegidos por la ley los bienes inmuebles y muebles que sean propiedad de grupos sociales conforme a la ley.
Capítulo 6: Propiedad Diferenciada de los Edificios por los Propietarios
Artículo 70: Los propietarios tienen la propiedad de las partes exclusivas del edificio tales como edificios comerciales, y * * * distintas de las partes exclusivas Parcialmente en propiedad compartida.
Artículo 71 El propietario tendrá derecho a poseer, usar, aprovechar y disponer de las partes exclusivas de su edificio. El propietario no pondrá en peligro la seguridad del edificio ni dañará los derechos e intereses legítimos de otros propietarios en el ejercicio de sus derechos.
Artículo 72: Los propietarios tendrán derechos y asumirán obligaciones sobre las * * * partes distintas de las exclusivas del edificio; nunca deberán renunciar a sus derechos ni incumplir sus obligaciones.
Cuando el propietario transmite el local residencial y comercial del edificio, también se transfiere parte de los * * * derechos de propiedad y * * * gestión.
Artículo 73 Los caminos dentro de la zona de construcción pertenecen al propietario, excepto los caminos urbanos. Los espacios verdes dentro de las zonas edificables pertenecen al propietario, excepto los espacios verdes públicos urbanos o los expresamente designados por particulares. Otros lugares * * * públicos, instalaciones públicas y servicios inmobiliarios dentro de la zona del edificio pertenecen al propietario.
Artículo 74 Dentro de la ordenación urbanística, las plazas de aparcamiento y los garajes previstos para el estacionamiento de vehículos deberán atender en primer lugar a las necesidades de los propietarios.
En la zonificación de la edificación, la propiedad de las plazas de aparcamiento y garajes previstas se acordará entre las partes mediante venta, donación o arrendamiento.
Las plazas de aparcamiento para coches en las vías u otros lugares de propiedad del propietario serán de propiedad del propietario.
Artículo 75 Los propietarios podrán constituir una asamblea de propietarios y elegir un comité de propietarios.
Los departamentos pertinentes del gobierno popular local proporcionarán orientación y asistencia para el establecimiento de la conferencia de propietarios y la elección del comité de propietarios.
Artículo 76 Las siguientes materias serán resueltas por los propietarios * * *:
(1) Formular y modificar el reglamento de la asamblea de propietarios;
(2) Formular y Modificar el reglamento de gestión de edificios e instalaciones auxiliares;
(3) Elegir el comité de propietarios o sustituir a los miembros del comité de propietarios
( 4) Seleccionar y despedir empresas de servicios inmobiliarios u otro personal directivo;
(5) Recaudar y utilizar fondos para el mantenimiento de edificios e instalaciones auxiliares;
(6) Renovación de edificios y instalaciones auxiliares;
(7) Otros asuntos importantes relacionados con los derechos de gestión de * * * y * * *.
Las decisiones sobre las materias especificadas en los puntos 5 y 6 del párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de los propietarios cuyas partes exclusivas representen más de dos tercios de la superficie total del edificio y que representan más de dos tercios del número total de personas. Las decisiones sobre las demás materias especificadas en el párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de los propietarios cuyas partes exclusivas representen más de la mitad de la superficie total del edificio y que representen más de la mitad del número total de personas.
Artículo 77: Los propietarios no violarán las leyes, reglamentos y normas de gestión al convertir residencias en edificios comerciales. Si un propietario convierte una casa en un edificio comercial, además de cumplir con las leyes, reglamentos y normas de gestión, también debe obtener el consentimiento de los propietarios interesados.
Artículo 78 Las decisiones de la asamblea de propietarios o del comité de propietarios son vinculantes para los propietarios.
Si una decisión tomada por la junta de propietarios o el comité de propietarios infringe los derechos e intereses legítimos de los propietarios, los propietarios infringidos pueden solicitar al Tribunal Popular que la revoque.
Artículo 79: Los fondos de mantenimiento del edificio y sus instalaciones auxiliares pertenecen al propietario * * *. Con el consentimiento del propietario se puede utilizar para mantenimiento de ascensores, tanques de agua, etc. Se debe anunciar la recaudación y el uso de los fondos de mantenimiento.
Artículo 80 Si hay acuerdo sobre la distribución de gastos, distribución de ingresos y demás materias de la casa y sus instalaciones auxiliares, prevalecerá el acuerdo, si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, la proporción; del área total de construcción ocupada por la parte exclusiva del propietario se seguirá la relación que se determine.
Artículo 81 Los propietarios podrán administrar por sí mismos el edificio y sus dependencias, o podrán encomendar su administración a una empresa de servicios inmobiliarios u otro administrador.
El propietario tiene derecho a cambiar la empresa de servicios inmobiliarios u otro administrador seleccionado por la unidad constructora de conformidad con la ley.
Artículo 82 Las empresas de servicios inmobiliarios u otros administradores administrarán los edificios y sus instalaciones auxiliares dentro de la zona de construcción de acuerdo con el encargo de los propietarios y aceptarán la supervisión de los propietarios.
Artículo 83 Los propietarios deberán respetar las leyes, reglamentos y normas de gestión.
Por conductas que lesionen los derechos e intereses legítimos de otros, como tirar basura a voluntad, emitir contaminantes o ruido, criar animales ilegalmente, construir ilegalmente, ocupar pasajes, negarse a pagar derechos de propiedad, etc., la junta de propietarios y el comité de propietarios tienen derecho a solicitar a los perpetradores que detengan la infracción, eliminen el peligro, eliminen los obstáculos y compensen las pérdidas de acuerdo con las leyes, reglamentos y normas de gestión. Si se infringen los derechos e intereses legítimos de un propietario, éste puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley.
Capítulo 7 Relaciones de Vecindad
Artículo 84 Los titulares de derechos de vecindad sobre bienes inmuebles deberán manejar correctamente los inmuebles vecinos de conformidad con los principios de propicia para la producción, conveniencia de vida, solidaridad y asistencia mutua, y relación de equidad y razonabilidad.
Artículo 85 Si las leyes y reglamentos tuvieren otras disposiciones para el tratamiento de las relaciones de convivencia, prevalecerán aquellas disposiciones; a falta de ellas, se podrán seguir las costumbres locales.
Artículo 86 El propietario del inmueble deberá proporcionar las comodidades necesarias para que los propietarios colindantes utilicen el agua y el drenaje.
La utilización del agua corriente natural debe distribuirse razonablemente entre los propietarios de inmuebles adyacentes. La descarga de agua natural debe respetar la dirección natural del flujo.
Artículo 87 Los titulares de derechos inmobiliarios deberán proporcionar las comodidades necesarias a los titulares de derechos vecinos para utilizar sus terrenos para el transporte y otros motivos.
Artículo 88 Si un titular de un derecho inmobiliario necesita utilizar terrenos o edificios adyacentes al construir o reparar una casa o tender alambres, cables, tuberías de agua, calefacción o gasoductos, el titular del derecho de terreno o edificio deberá Proporcionar la comodidad necesaria.
Artículo 89 La construcción de edificios no violará las normas nacionales de construcción de ingeniería pertinentes y no obstaculizará la ventilación, la iluminación y la luz solar de los edificios adyacentes.
Artículo 90: Los propietarios no deberán disponer de residuos sólidos en violación de las normas nacionales ni descargar sustancias nocivas como contaminantes del aire, contaminantes del agua, ruido, luz y radiaciones electromagnéticas.
Artículo 91: Los titulares de derechos inmobiliarios no podrán cavar hoyos para recuperar tierra, construir edificios, tender tuberías ni instalar equipos que pongan en peligro la seguridad de los inmuebles adyacentes.
Artículo 92: Los titulares de derechos de propiedad utilizan los predios adyacentes para actividades tales como aprovechamiento de agua, drenaje, tránsito y tendido de tuberías. Se debe hacer todo lo posible para evitar causar daños a los titulares de derechos de bienes inmuebles adyacentes; si se causan daños, se debe indemnizar.
Capítulo 8* * *Ya
Artículo 93: Un bien inmueble o mueble puede ser propiedad de más de dos entidades o personas naturales. * * *Incluye * * * y * * * con * * *.
Artículo 94* *Algunas personas gozarán de la propiedad de* * * todos los bienes inmuebles o muebles según sus participaciones.
Artículo 95 * * * y * * las personas tienen los mismos derechos de propiedad sobre * * * todos los bienes inmuebles o muebles.
Artículo 96* *Toda persona administrará* * * todos los bienes inmuebles o muebles de conformidad con el contrato, si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, todos tienen el derecho y la obligación de administrarlos; .
Artículo 97 La enajenación de * * * todos los bienes muebles o inmuebles y la reparación mayor de * * * todos los bienes muebles o inmuebles estarán sujetas al consentimiento del * * * propietario o de todos * * *propietarios, excepto * * * salvo acuerdo en contrario del propietario.
Artículo 98 Si hay acuerdo sobre los honorarios de administración y demás cargas del * * * inmueble, prevalecerá el acuerdo; si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, algunas personas lo soportarán según corresponda; a sus propias acciones, y * * *compartidas con otros.
Artículo 99: * * * Para mantener la relación entre * * *, si convienen en no dividir * * * todos los bienes inmuebles o muebles, se seguirá lo pactado, pero * * * hay razones serias para dividirlo Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, algunas personas pueden solicitar la división en cualquier momento según el número de acciones, y algunas personas con * * * y * * * pueden solicitar la división cuando el * * * Se pierde la base o existen motivos importantes para la división. Si la división causa daño a otros, se deberá indemnizar.
Artículo 100* * *Alguien podrá negociar para determinar el método de división.
Si no se puede llegar a un acuerdo y parte del inmueble o bien mueble puede dividirse y el valor no se reduce por la división, se dividirá la propiedad física si es difícil de dividir o la división perjudicará el valor; se dividirá el precio obtenido por descuento o subasta o venta.
* * *Si el inmueble o bien mueble adquirido por una persona es defectuoso, otras personas compartirán la pérdida.
Artículo 101: Una persona física podrá transferir en acciones su parte de bienes inmuebles o muebles. Las demás * * * personas tienen derecho de preferencia en las mismas condiciones.
Artículo 102. En las relaciones exteriores, algunas personas de * * * gozarán de créditos solidarios y soportarán deudas solidarias por los créditos y deudas que surjan de todos los bienes inmuebles o muebles propiedad de * * *, pero la ley No dispondrá lo contrario a menos que exista una disposición o un tercero sepa que * * * no tiene derechos y deudas conjuntas entre algunas personas en la relación interna entre * * * personas, a menos que * * * acuerden lo contrario; gozarán de derechos y asumirán deudas en función de sus acciones. El otro grupo de personas gozará de derechos de acreedor y asumirá deudas con * * * *. Cualquiera que pague más de su parte de la deuda tiene derecho a recuperarla de los demás propietarios.
Artículo 103* Si no hay acuerdo sobre * * * todos los bienes inmuebles o muebles o * * * y * * * son de propiedad conjunta o el acuerdo no es claro, se entenderá como * * * de propiedad conjunta por acciones, excepto * * * las que estén relacionadas.
Artículo 104. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro sobre la participación de bienes inmuebles o muebles propiedad de * * *, se determinará según el monto del aporte de capital si el monto; no pudiendo determinarse el tipo de aportación de capital, se considerará como igual disfrute.
Artículo 105 Si dos o más entidades o personas comparten derechos de usufructo y garantías reales, se estará a lo dispuesto en este capítulo.
Capítulo 9 Disposiciones Especiales sobre Adquisición del Dominio
Artículo 106: Si una persona sin derecho a disponer del inmueble transfiere el inmueble o bien mueble al cesionario, el propietario tiene el derecho a recuperarlo, salvo disposición legal en contrario, el cesionario adquiere la propiedad del bien inmueble o mueble en cualquiera de las siguientes circunstancias:
El cesionario actúa de buena fe al aceptar el bien inmueble o mueble; ;
(2) Transferencia a un precio razonable;
(3) Se ha registrado el inmueble o bien mueble transferido que debe registrarse según la ley, y el inmueble transferido o bienes muebles que no necesitan ser registrados han sido entregados al cesionario.
Si el cesionario obtiene la propiedad de bienes inmuebles o muebles de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el propietario original tiene derecho a exigir una indemnización a quien no tiene derecho a disponer de ellos.
Si las partes adquieren de buena fe otros derechos reales, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.
Artículo 107 El propietario u otro titular de derechos tiene derecho a recuperar los bienes perdidos. Si un bien perdido es poseído por otra persona mediante transferencia, dentro de los dos años siguientes a la fecha en que conoció o debió haber conocido al cesionario, el obligante tiene derecho a pedir indemnización de perjuicios a quien no tiene derecho a disponer de él, o solicitar al cesionario que devuelva la propiedad original. Sin embargo, si el cesionario compra los bienes perdidos mediante subasta o a un operador calificado, y el obligante solicita la devolución de los bienes originales, deberá pagar la tarifa pagada por el cesionario. Después de pagar la tasa al cesionario, el acreedor tiene derecho a recuperar una indemnización de la persona que no tiene derecho a disponer.
Artículo 108 Después de que el cesionario de buena fe adquiere un bien mueble, se extinguen los derechos originarios sobre el mueble, a menos que el cesionario de buena fe conociera o debiera haber conocido el derecho en el momento de la transferencia.
Artículo 109 Si se encuentra una cosa perdida, ésta será devuelta al titular del derecho. La persona que lo encuentre debe notificar de inmediato al titular del derecho para que lo recoja o lo entregue a la seguridad pública y otros departamentos pertinentes.
Artículo 110: Cuando los departamentos correspondientes reciban objetos perdidos y conozcan al propietario, deberán avisarles con prontitud para que los recojan; si no lo saben, emitirán oportunamente un anuncio de contratación.
Artículo 111: Antes de que el buscador entregue el objeto perdido al departamento correspondiente, éste deberá conservarlo debidamente hasta que se encuentre el objeto perdido. Quien cause daño o pérdida de bienes perdidos intencionalmente o por negligencia grave será responsable civil.
Artículo 112: Al recoger un objeto perdido, el obligante pagará a quien lo encontró o al departamento correspondiente los honorarios necesarios para la custodia del objeto perdido.
Si el titular del derecho ofrece una recompensa por encontrar el bien perdido, deberá cumplir con las obligaciones convenidas al recoger el bien perdido.
Si el descubridor se apropia indebidamente de la cosa perdida, no tiene derecho a exigir el costo de conservar la cosa perdida, ni tiene derecho a exigir al obligante que cumpla con sus obligaciones según lo prometido.
Artículo 113 Si un bien perdido permanece sin reclamar durante seis meses a partir de la fecha del anuncio de su recuperación, pertenecerá al Estado.
Artículo 114. Si se encuentran objetos a la deriva, enterrados u ocultos, se seguirán las normas correspondientes sobre objetos perdidos encontrados. Si existen otras disposiciones en la Ley de Protección de Bienes Culturales, esas disposiciones prevalecerán.
Artículo 115 Si se traspasan el sujeto y la cosa, el esclavo y la cosa se traspasarán juntamente con el sujeto y la cosa, salvo pacto en contrario de las partes.
Artículo 116: El interés natural lo obtendrá el propietario. Si existieran a la vez propietario y usufructuario, el usufructuario adquirirá el inmueble. A menos que las partes acuerden lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo.
El interés legal, si las partes tienen un acuerdo, se obtendrá de acuerdo con el acuerdo; si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se obtendrá de acuerdo con las costumbres de transacción.
Tercera Parte Derechos de Usufructo
Capítulo 10 Disposiciones Generales
Artículo 117 El usufructuario tiene derechos sobre bienes muebles o inmuebles propiedad de otros Tiene derecho a poseer, utilizarlo y beneficiarse de él de conformidad con la ley.
Artículo 118: Los recursos naturales de propiedad del Estado y utilizados por el Estado que sean de propiedad colectiva podrán ser ocupados, utilizados y beneficiados por unidades e individuos.
Artículo 119: El Estado implementará un sistema de uso remunerado de los recursos naturales, salvo disposición legal en contrario.
Artículo 120: Los titulares de derechos de usufructo deberán observar las disposiciones de la Ley de Protección y Aprovechamiento y Aprovechamiento Racional de los Recursos en el ejercicio de sus derechos. El propietario no interferirá en el ejercicio de los derechos del usufructuario.
Artículo 121 Si los derechos de usufructo sobre bienes inmuebles o muebles se extinguen o se afecta el ejercicio de los derechos de usufructo por causa de expropiación o expropiación, el titular del derecho de usufructo tendrá derecho a cumplir con el artículo 42 y 42. de esta Ley. Obtener la compensación correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 44.
Artículo 122: Estará protegido por la ley el derecho de uso de las áreas marítimas obtenido conforme a la ley.
Artículo 123: Estarán protegidos por la ley los derechos de prospección, derechos mineros, derechos de extracción de agua y derechos de uso de aguas y marismas para cría y pesca obtenidos de conformidad con la ley.
Capítulo 2 XI Derechos de gestión de contratos de tierras
Artículo 124 Las organizaciones económicas colectivas rurales implementan un sistema de gestión de dos niveles basado en la gestión de contratos domésticos y que combina la gestión unificada con la gestión descentralizada.
Propiedad colectiva de los agricultores y propiedad estatal de los agricultores.