Red de conocimientos turísticos - Conocimiento turístico - Si se lesiona debido a resbalones y caídas durante su estancia en Shadian, debe recibir una compensación razonable.

Si se lesiona debido a resbalones y caídas durante su estancia en Shadian, debe recibir una compensación razonable.

Si resulta lesionado por resbalones y caídas durante su estancia en un hotel, la persona que ha sufrido la infracción podrá solicitar una indemnización al hotel o presentar una demanda ante el Tribunal Popular para salvaguardar sus derechos. Según la ley, si el suelo del hotel está resbaladizo y no se establecen medidas antideslizantes ni se publican consejos de seguridad, las obligaciones de seguridad no se cumplen dentro de un rango razonable, lo que provoca lesiones personales al viajero. para reclamar los daños personales correspondientes al hotel. Al mismo tiempo, el propio pasajero tuvo la culpa de no cumplir con su deber de tomar medidas de seguridad, por lo que la responsabilidad del hospital debería reducirse.

Base legal:

Artículo 6 de la Ley de Responsabilidad Civil: Un actor que infrinja los derechos e intereses civiles de otros debido a su culpa asumirá la responsabilidad civil.

Según las disposiciones legales, se presume que el actor tiene culpa. Si el actor no puede probar que no tiene culpa, incurrirá en responsabilidad extracontractual.

Artículo 26 Si la parte infractora es también culpable de la ocurrencia del daño, la responsabilidad del causante del daño podrá reducirse.

Artículo 37: Los administradores de hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones, lugares de entretenimiento y otros lugares públicos u organizadores de actividades masivas que incumplan sus obligaciones de protección de la seguridad y causen daño a otros, deben asumir la responsabilidad por infracción. .

Si el comportamiento de un tercero causa daño a otros, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual; si el administrador u organizador no cumple con sus obligaciones de garantía de seguridad, asumirá la responsabilidad suplementaria correspondiente.