Red de conocimientos turísticos - Conocimiento turístico - ¿Cómo pagar impuestos por un contrato de arrendamiento de Sakata? Las viviendas utilizadas por la empresa se dividen en ① viviendas en arrendamiento y ② en propiedad para uso gratuito. Entonces, en el primer caso, el contribuyente debe pagar el alquiler a la empresa de arrendamiento todos los meses y también debe declarar el impuesto de timbre del contrato de arrendamiento a una tasa del 0,1% después de firmar el contrato de arrendamiento. No olvide esto, porque habrá multas fiscales por la presentación tardía. El cargo por pago atrasado se calcula en función del número de días de retraso. El cargo por pago atrasado es del 0,05%, lo que no es rentable. Si se ha firmado un contrato de arrendamiento, el impuesto de timbre correspondiente al contrato de arrendamiento deberá declararse lo antes posible según el plazo especificado en el contrato. Por ejemplo, la empresa A y la empresa B firman un contrato con un plazo de arrendamiento de cinco años y un alquiler total de 65.438+000.000 yuanes. Entonces, la cantidad declarada debe ser de 100.000 yuanes, la tasa impositiva es del 0,1% y el impuesto de timbre es de 100. De hecho, el impuesto de timbre no es mucho. Por ejemplo, como se mencionó en el ejemplo anterior, si el monto del arrendamiento por cinco años es 100,000 y el impuesto de timbre es solo 100, entonces la multa será de 2,000, más cargos por pago atrasado, por lo que el impuesto es realmente mucho, por lo que debe declararlo a tiempo. De hecho, hasta donde yo sé, hay bastantes empresas que no declaran el impuesto de timbre en los contratos de arrendamiento. Personalmente, creo que puedes hacer una declaración complementaria y anotar el plazo de presentación ahora. En este caso, podrás evitar multas. En circunstancias normales, si la oficina de impuestos descubre algo que no ha sido declarado, las multas son inevitables, por lo que todos deben esperar hasta que la oficina de impuestos se entere. Otra solución es acudir a la oficina de Hacienda a comprar un timbre fiscal y pegarlo al 0,1% del importe del contrato, lo que efectivamente está permitido.