Reglamento de Protección Laboral de Tianjin (texto completo)
Capítulo 2 Obligaciones del Patrono
Capítulo 3 Lugar de Trabajo
Capítulo 4 Protección Laboral Especial de las Trabajadoras y Trabajadores Menores de Edad
Capítulo 5 Jornada de Trabajo, Descanso y Vacaciones
Capítulo 6 Suministros de Protección Laboral
Capítulo 7 Plan de Medidas Técnicas de Seguridad
Capítulo Octavo Proyectos de Nueva Construcción, Reconstrucción, Ampliación y Nuevos Productos
Capítulo 9 Equipos Mecánicos y Eléctricos
Capítulo 10 Operaciones Inflamables, Explosivas, Tóxicas y Peligrosas
Capítulo Segundo XI Fundición y Laminación de Metales
Capítulo 12 Proyectos de construcción
Capítulo 13 Transporte de vehículos y barcos
Capítulo 14 Exploración geológica y desarrollo petrolero
p>Capítulo 15 Puertos y terminales
p>Capítulo 16 Operaciones de Buceo
Capítulo 17 Investigación y Manejo de Accidentes
Capítulo 18 Capítulo Gestión y Supervisión
Capítulo 19 Responsabilidades Legales
Capítulo 20 Disposiciones complementarias
Nota: De acuerdo con el Reglamento 14 de la Municipalidad de Tianjin del 25 de marzo de 2004, Artículo 110, Punto (1) del Capítulo 3, Capítulos 6 a 18 de la "Producción Municipal de Tianjin Reglamento de Gestión de Seguridad" aprobado en la décima reunión del Comité Permanente del XIX Congreso Popular y entró en vigor el 1 de mayo de 2004. Vaya al punto (5) y al artículo 19 (11).
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Artículo 1 Con el fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, fortalecer la gestión de protección laboral y mejorar las condiciones de trabajo, de conformidad con la “Ley del Trabajo de la República Popular China" y las leyes, reglamentos y estos reglamentos pertinentes se formulan en función de la situación real de esta ciudad.
Artículo 2 Este reglamento se aplica a las empresas, organizaciones económicas individuales (en adelante, empleadores) y trabajadores dentro de la región administrativa de esta ciudad.
Artículo 3 La protección laboral debe adherirse a la política de seguridad primero y prevención primero, e implementar un sistema de gestión de responsabilidad empresarial, gestión industrial, supervisión nacional y supervisión masiva.
Artículo 4 El departamento de administración del trabajo municipal será el encargado de las labores de protección laboral en este municipio.
El departamento de administración de salud municipal, el departamento de seguridad pública, el departamento de gestión económica integral, los departamentos de industria, la fiscalía popular y los sindicatos son responsables de la implementación de estas regulaciones de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.
Artículo 5 Los empleadores y trabajadores deberán observar las leyes, reglamentos, reglas, sistemas y estándares relacionados con la protección laboral.
Capítulo 2 Obligaciones del empleador
Artículo 6 Los empleadores deben implementar las regulaciones y normas nacionales y municipales de protección laboral. El trabajo de protección laboral debe planificarse y realizarse simultáneamente con el cronograma de trabajo de producción y operación. , verificar simultáneamente, resumir y evaluar simultáneamente.
Artículo 7 Los empleadores deberán mejorar las condiciones de trabajo y proporcionar un ambiente de trabajo que garantice la seguridad y salud de los trabajadores de acuerdo con las regulaciones pertinentes del estado y de esta ciudad. Los trabajadores que realicen operaciones que impliquen riesgos laborales deberían someterse a exámenes de salud periódicos. Los trabajadores que sean diagnosticados con enfermedades ocupacionales o que se dediquen a ámbitos laborales prohibidos estipulados por el estado y esta ciudad deberán ser trasladados de sus puestos de trabajo oportunamente.
Artículo 8 Los empleadores establecerán y mejorarán sistemas de responsabilidad de producción de seguridad, sistemas de gestión de protección laboral, procedimientos operativos técnicos de seguridad para diversos tipos de trabajo y otras normas y regulaciones de protección laboral, y los implementarán estrictamente.
Artículo 9 Los empleadores considerarán la protección laboral como una parte importante de la contratación y el arrendamiento y realizarán evaluaciones estrictas.
Artículo 10 Los empleadores establecerán y mejorarán sistemas educativos de protección laboral y educarán a los trabajadores para que respeten las normas y reglamentos de protección laboral.
Los empleadores deben brindar educación sobre seguridad y salud en fábricas, talleres y puestos a los trabajadores recién contratados antes de asumir sus puestos; los trabajadores que se transfieren a nuevos puestos o operan nuevos equipos deben recibir nueva seguridad en el trabajo. y educación sanitaria.
Artículo 11 Los empleadores deberán establecer y mejorar un sistema de inspección de seguridad laboral, realizar inspecciones generales e inspecciones profesionales, y designar personal dedicado para inspeccionar y monitorear equipos y piezas peligrosas.
Cuando un empleador realiza una inspección de seguridad laboral, debe preparar un formulario de inspección de seguridad laboral de acuerdo con las regulaciones pertinentes y realizar inspecciones artículo por artículo con base en el formulario de inspección. Los peligros ocultos identificados deben registrarse punto por punto, se deben formular y rectificar medidas de mejora de manera oportuna para aquellos que no se pueden eliminar temporalmente, se deben tomar medidas de seguridad temporales confiables;
Artículo 12 El representante legal del empleador será plenamente responsable de las labores de protección laboral de la unidad.
El empleador deberá establecer una agencia de protección laboral o designar el departamento correspondiente para dotar al personal de gestión técnica de protección laboral para que sea responsable de supervisar, inspeccionar e implementar el trabajo de protección laboral de la unidad.
Capítulo 3 Lugar de trabajo
(Este capítulo ha sido abolido por el "Reglamento de Gestión de Seguridad de la Producción de Tianjin" 20040501)
Artículo 13 El lugar de trabajo debe mantenerse limpio y ordenado, las materias primas, los productos semiacabados y los productos terminados deben empaquetarse de forma segura, los materiales de desecho y los desechos deben eliminarse de manera oportuna y las herramientas deben almacenarse en lugares fijos.
Artículo 14 Los caminos de la fábrica (campo) deben ser planos y lisos; se deben colocar señales de tránsito obvias y señales de advertencia en las curvas, intersecciones y áreas de operación peligrosas.
El montaje de tuberías, líneas y soportes en pasajes debe cumplir con las normas nacionales.
El puente temporal construido debe ser resistente y estar equipado con pasamanos e instalaciones antideslizantes.
Las escaleras rectas fijas de acero, las escaleras inclinadas y las plataformas industriales fijas deben cumplir con las normas nacionales.
La ecologización en el área de la fábrica (campo) debe cumplir con las normas pertinentes sobre seguridad de producción.
Artículo 15: Los pozos, bocas, zanjas y piscinas necesarios para la producción deberán estar cubiertos o cercados. Se deben instalar barandillas en fosos y zanjas excavadas durante la construcción, y se deben instalar luces de advertencia durante la noche y en condiciones climáticas de mala visibilidad.
Artículo 16 Los edificios deben ser fuertes y la estructura debe cumplir con las normas de seguridad. La carga de elementos apilados no excederá la carga de diseño del edificio.
Está estrictamente prohibido utilizar armaduras o vigas de techo que no estén permitidas por el diseño como vigas colgantes.
Los edificios de producción deben cumplir con las especificaciones de diseño nacionales pertinentes y está prohibido compartir o conectar los edificios de producción y almacenamiento con edificios residenciales.
Artículo 17. Los lugares de trabajo donde suele haber agua, grasa u otros líquidos deben estar equipados con instalaciones de drenaje, antideslizantes, anticorrosión y antifiltración.
Artículo 18 La disposición de las máquinas, puestos de trabajo y demás equipos e instalaciones deberá ser conveniente para el funcionamiento de los trabajadores. El ancho del canal no será inferior a 1 m. Se deben instalar vallas en la pista y la altura de las vallas no debe ser inferior a 1,05 metros. Los huecos peligrosos en los equipos mecánicos o en las líneas de montaje deben cerrarse con vallas; cuando sea necesario cruzar para trabajar, debe construirse un puente de seguridad.
Artículo 19 La iluminación en el lugar de trabajo y la iluminación local en el lugar de trabajo deberán cumplir con las normas de iluminación y diseño de iluminación.
Artículo 20 Las condiciones de ventilación de los lugares de trabajo interiores deberán ser buenas. Cuando la temperatura de trabajo interior alcanza los estándares operativos nacionales de alta y baja temperatura, se deben tomar medidas de enfriamiento o calefacción.
Artículo 21 Los lugares de trabajo al aire libre deberán tomar medidas de protección como protección solar, protección contra el frío, protección contra la lluvia, protección contra el viento y protección contra rayos, y proporcionar lugares de descanso para los trabajadores que hayan participado en operaciones al aire libre. por mucho tiempo.
No se permite el funcionamiento de maquinaria de elevación bajo el artículo 22 de líneas aéreas de transmisión; al levantar por un lado, se debe mantener la distancia de seguridad prescrita, en las demás operaciones se deben tomar medidas para evitar descargas eléctricas.
Artículo 23 Cuando el nivel de ráfaga sea superior al nivel 6, no se permitirán operaciones al aire libre ni de elevación. Si se requieren reparaciones de emergencia debido a fallas, desastres o necesidades especiales de producción, se deben tomar las medidas de seguridad correspondientes.
Artículo 24 El lugar de la operación de voladura deberá demarcar una distancia segura, colocar señales de advertencia y designar personal dedicado a su vigilancia.
Artículo 25 Al ingresar a lugares con poco aire, como agujeros, fosos, tuberías, contenedores y cabinas, se deben tomar ventilación, extracción, pruebas, monitoreo especial y otras medidas de protección.
Capítulo 4 Protección Laboral Especial para las Trabajadoras y Trabajadores Menores de Edad
Artículo 26 El empleador deberá implementar una protección laboral especial para las empleadas y trabajadores menores de edad.
El artículo 27 prohíbe a las trabajadoras participar en minas subterráneas, trabajos físicos de cuarto nivel de intensidad prescritos por el Estado y otras operaciones tabú.
Artículo 28: Las empleadas no serán asignadas a trabajar en altitudes elevadas, a bajas temperaturas, en agua fría o en el tercer nivel de intensidad de trabajo físico prescrito por el Estado durante la menstruación.
Artículo 29: No se obligará a las empleadas a realizar trabajos físicos de tercer nivel de intensidad prescritos por el Estado durante el embarazo o la lactancia, ni a trabajos que sean tabú durante el embarazo o la lactancia.
A las empleadas que tengan más de siete meses de embarazo y lactancia no se les solicitará que extiendan su jornada laboral ni trabajen turnos nocturnos.
Para las empleadas embarazadas, durante las horas de trabajo, deben contabilizarse como tiempo de trabajo para el examen prenatal según la normativa.
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