Red de conocimientos turísticos - Conocimiento turístico - ¿Se puede alquilar la casa de la finca? 1. La casa de la finca se puede alquilar. La casa de alquiler debe tener un certificado de propiedad legal; si la casa de alquiler es propiedad de * *, se debe emitir un certificado de consentimiento de la persona * * para alquilar la casa de alquiler debe cumplir con las políticas estipuladas por el estado y el Estado; el gobierno popular de la ciudad donde se encuentra la casa; la casa de alquiler debe estar registrada de conformidad con la ley. 2. Base jurídica; Artículo 14 de las "Medidas para la administración del arrendamiento de viviendas comerciales": dentro de los 30 días posteriores a la celebración del contrato de arrendamiento, la parte arrendadora deberá acudir al departamento competente de construcción (propiedad) del municipio, ciudad, o el gobierno popular del condado donde se encuentra la casa arrendada para completar el registro y la presentación del contrato de arrendamiento. Las partes que intervienen en el arrendamiento de una vivienda podrán encomendar por escrito a otros la gestión del registro del arrendamiento.

¿Se puede alquilar la casa de la finca? 1. La casa de la finca se puede alquilar. La casa de alquiler debe tener un certificado de propiedad legal; si la casa de alquiler es propiedad de * *, se debe emitir un certificado de consentimiento de la persona * * para alquilar la casa de alquiler debe cumplir con las políticas estipuladas por el estado y el Estado; el gobierno popular de la ciudad donde se encuentra la casa; la casa de alquiler debe estar registrada de conformidad con la ley. 2. Base jurídica; Artículo 14 de las "Medidas para la administración del arrendamiento de viviendas comerciales": dentro de los 30 días posteriores a la celebración del contrato de arrendamiento, la parte arrendadora deberá acudir al departamento competente de construcción (propiedad) del municipio, ciudad, o el gobierno popular del condado donde se encuentra la casa arrendada para completar el registro y la presentación del contrato de arrendamiento. Las partes que intervienen en el arrendamiento de una vivienda podrán encomendar por escrito a otros la gestión del registro del arrendamiento.