Red de conocimientos turísticos - Conocimiento turístico - Si estoy alquilando una casa, ¿es válido pedirle a un agente que reemplace al propietario?

Si estoy alquilando una casa, ¿es válido pedirle a un agente que reemplace al propietario?

El intermediario firma el contrato de alquiler en nombre del propietario y la autorización es válida. Si el propietario autoriza al intermediario a firmar el contrato, o el propietario no lo sabe pero ratifica el contrato posteriormente, el contrato firmado en nombre del propietario se considerará válido si el intermediario firma un contrato de alquiler en su nombre sin la autorización del propietario; Al ratificarlo, el contrato no producirá ningún efecto jurídico sobre el titular; todas las consecuencias correrán a cargo del intermediario que utilice su nombre.

Base jurídica

Artículo 171 del Código Civil

Si el actor no tiene autoridad de agencia, excede la autoridad de agencia o rescinde la autoridad de agencia, aún así realiza el acto de agencia sin la ratificación del mandante, éste no tendrá efecto contra el mandante. La contraparte podrá instar al comitente para que lo ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace declaración, se entenderá como negativa a ratificar. Antes de que se ratifique el acto realizado por el autor, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocarlo. La revocación se efectuará mediante notificación. Si el acto realizado por el actor no ha sido ratificado, la contraparte de buena fe tiene derecho a exigir al actor el cumplimiento de la deuda o a exigirle la reparación del daño sufrido. Sin embargo, el alcance de la compensación no excederá los beneficios que la contraparte pueda obtener al ser ratificada por el agente. Si la contraparte sabe o debe saber que el actor no tiene autoridad para actuar, la contraparte y el autor serán responsables por sus respectivas faltas.