¿Qué restricciones existen para los familiares de personas sujetas a ejecución por abuso de confianza?
Base jurídica: Artículo 3 de las “Disposiciones de la Corte Suprema sobre Restricción del Alto Consumo y Consumo Conexo de las Personas Sujetas a Ejecución”, si la persona sujeta a ejecución es una persona física, luego de tomar medidas para restringir el consumo, no deberá participar en los siguientes consumos elevados ni consumos relacionados comportamientos de consumo no esenciales:
(1) Al tomar transporte, elija cabinas de segunda clase o superior en aviones, trenes y barcos;
(2) En hoteles con clasificación de estrellas o superior, Alto consumo en hoteles, discotecas, campos de golf y otros lugares;
(3) Compra de inmuebles o de nueva construcción, ampliados o de alta viviendas decoradas;
(4) Arrendamiento de edificios de oficinas, hoteles y apartamentos de alta gama. Trabajo en otros lugares.
(5) Compra de vehículos no esenciales;
(6) Viajes y vacaciones;
(7) Los niños asisten a escuelas privadas con tarifas elevadas;
(8) Pagan primas elevadas para adquirir productos financieros de seguros; >
(9) Ocupar todos los asientos en los trenes EMU con prefijo G y asientos de primera clase y superiores en otros trenes EMU, etc. Comportamiento de consumo necesario.
Si el sujeto de ejecución es una entidad, luego de tomar medidas de restricción del consumo, el sujeto de ejecución y su representante legal, el responsable principal, los directamente responsables de afectar el cumplimiento de la deuda y el propio interventor. no aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior. Si bienes muebles se destinan al consumo privado para cometer los actos a que se refiere el párrafo anterior, podrá solicitarse su ejecución ante el tribunal de ejecución. Si tras la revisión del tribunal de ejecución se determina que es cierta, se aprobará.