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Reglamento de gestión de publicidad exterior de Tianjin (revisado en 2020)

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de la publicidad exterior en esta ciudad, regular el uso y operación de la publicidad exterior, embellecer el entorno de la ciudad y promover el desarrollo económico y social coordinado, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes y en combinación con la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Los anuncios exteriores instalados dentro del área administrativa de esta ciudad deberán cumplir con este reglamento.

La publicidad exterior mencionada en este reglamento se refiere al uso de * * * edificios, estructuras, sitios, espacios, aguas, caminos, vehículos, * * * instalaciones públicas, instalaciones flotantes de publicidad y placas instaladas. en soportes físicos y de otro tipo, incluidas luces de neón, cajas de luz, letreros en ventanas, visualizadores electrónicos (pantallas), tableros de anuncios, vallas publicitarias, tableros de lectura de periódicos, etc. Artículo 3 El departamento de gestión urbanística municipal es el departamento competente en materia de publicidad exterior de esta ciudad y le corresponde la planificación, gestión, supervisión y coordinación integral de la publicidad exterior.

El departamento de gestión urbanística distrital es el responsable de la gestión y supervisión de la publicidad exterior dentro de su jurisdicción.

Los departamentos de planificación, recursos naturales, supervisión del mercado y otros departamentos deben realizar trabajos de gestión relevantes de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 4 El departamento de gestión urbana municipal, basándose en la situación real de la ciudad, trabajará con los departamentos pertinentes para organizar la preparación del plan general de publicidad exterior de la ciudad e implementarlo después de la aprobación del Gobierno Popular Municipal.

El departamento de gestión urbana municipal, basándose en el plan general de la ciudad para los entornos de publicidad exterior, trabajará con los departamentos pertinentes para organizar la preparación de planos detallados y especificaciones técnicas para los entornos de publicidad exterior de la ciudad, y solicitará a la industria asociaciones, operadores de publicidad, expertos pertinentes y la opinión pública. Artículo 5 Los planes de diseño de publicidad exterior deberán cumplir con los requisitos de la planificación general de publicidad exterior, la planificación detallada y las especificaciones técnicas. Artículo 6 Está prohibido colocar anuncios al aire libre (excepto placas) en las siguientes áreas o lugares:

(1) Oficinas de agencias estatales y ubicaciones de agencias militares;

(2) Culturales unidades de protección de reliquias, zonas de protección de estilo y arquitectura;

(3) zonas de control de construcción en lugares escénicos;

(4) instalaciones de seguridad vial y señales de tráfico;

(5) Espacios verdes públicos, ríos y lagos;

Alcantarillas y pasos elevados (excluidos puentes peatonales y pasos inferiores);

(7) Barandillas en perspectiva, barandillas, cinturones de aislamiento vial, temporales cobertizos de trabajo;

(8) Techos de formas especiales, techos inclinados y edificios residenciales;

(9) Edificios emblemáticos determinados por el Gobierno Popular Municipal;

(10) Instalación prohibida por el Gobierno Popular Municipal Otras áreas o lugares para publicidad exterior. Artículo 7 No se permite la instalación de anuncios exteriores a gran escala que cubran un área grande en el área urbana central dentro de la línea del anillo exterior de esta ciudad.

La publicidad exterior en ambos lados de la carretera de circunvalación exterior, las autopistas y las carreteras nacionales debe controlarse estrictamente de acuerdo con el plan de establecimiento de publicidad exterior. Artículo 8 Los anuncios exteriores colocados en las carreteras y en ambos lados no obstruirán la distancia de visión segura ni afectarán el tráfico, no bloquearán la vegetación y la apariencia de la ciudad, no bloquearán las luces de la calle, las señales de tráfico y los semáforos, y no obstaculizarán el uso de barreras. instalaciones gratuitas. Artículo 9 Los anuncios exteriores adheridos a edificios, estructuras y otras instalaciones no afectarán el paisaje urbano ni el entorno de la apariencia de la ciudad, y no excederán la altura y escala de los planos y especificaciones pertinentes. Los anuncios exteriores no se colocarán en edificios, estructuras y otros peligrosos; Publicidad de instalaciones peligrosas. Artículo 10 Los edificios nuevos, estructuras y otras instalaciones que no reserven espacio para publicidad exterior no podrán instalar publicidad exterior. Artículo 11 Para instalar anuncios exteriores dentro de la línea del anillo exterior (incluidos 50 metros fuera de la línea del anillo exterior) y en ambos lados de las autopistas y carreteras nacionales, los procedimientos de concesión de licencias administrativas deben estar a cargo del departamento de gestión urbana municipal.

Si se colocan anuncios exteriores fuera del alcance del párrafo anterior, los procedimientos de concesión de licencia administrativa serán manejados por el distrito local y el departamento de administración de la ciudad.

Ninguna unidad o individuo puede colocar anuncios exteriores sin permiso. La licencia de instalación de publicidad exterior se realizará de acuerdo con el contenido de la licencia y no se modificará sin autorización, si es necesario realizar cambios, los trámites de registro de cambios se completarán con el departamento de gestión urbana. Artículo 12 Si se colocan anuncios al aire libre en instalaciones públicas como letreros de calles, paradas de autobús, cabinas telefónicas, farolas, etc., o se colocan anuncios en vehículos, los procedimientos de licencia administrativa deben completarse primero con el departamento de gestión urbana. Si se concede el permiso, diríjase a otros departamentos para encargarse de los procedimientos pertinentes. Artículo 13 Si se colocan anuncios exteriores adosados ​​a edificios, estructuras o instalaciones diversas, se deberá obtener el consentimiento del propietario y firmar un acuerdo escrito aceptando la ocupación. Artículo 14 El derecho a utilizar espacios de publicidad exterior se puede obtener mediante licitación, subasta o cotización, y el departamento de gestión urbanística municipal es responsable de organizarlo y gestionarlo.

Los métodos de implementación específicos para la licitación, subasta y cotización del derecho a utilizar espacios de publicidad exterior serán formulados por el departamento de gestión urbana municipal y se organizarán e implementarán después de la aprobación del Gobierno Popular Municipal.

Si el Gobierno Popular Municipal otorga derechos de franquicia para la instalación y uso de publicidad exterior, se aplicará su reglamentación. Artículo 15 Quien obtenga el derecho a utilizar publicidad exterior de conformidad con la ley deberá instalarla dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de aprobación de la licencia administrativa si la instalación no se completa dentro del plazo y la solicitud de prórroga o la solicitud; En caso de no aprobarse la prórroga, el derecho a utilizar la instalación de publicidad exterior caducará automáticamente.

El derecho a utilizar la configuración de publicidad exterior no podrá transferirse de forma privada. Si realmente fuera necesario transferir o cambiar, los trámites de transferencia o cambio deberán realizarse de conformidad con la ley.

El titular del derecho a utilizar publicidad exterior deberá solicitar la aceptación al departamento de gestión urbana dentro de los 5 días siguientes a la fecha de establecimiento, y el departamento de gestión de la ciudad deberá completar la aceptación dentro de los 7 días posteriores a la recepción de la solicitud. .