Roturas y saqueos en el hotel
Las obligaciones de protección de la seguridad se refieren a las obligaciones de los administradores u organizadores de actividades masivas en lugares públicos como hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones, lugares de entretenimiento, etc., de proteger a otros de daños dentro de límites razonables.
El artículo 37 de la Ley de Responsabilidad Civil establece: “Los administradores de hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones, lugares de entretenimiento y otros lugares públicos u organizadores de actividades masivas incumplen sus obligaciones de garantía de seguridad. el comportamiento de un tercero causa daño a otros, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual si el administrador u organizador no cumple con sus obligaciones de protección de la seguridad, debe asumir las responsabilidades suplementarias correspondientes”.