Red de conocimientos turísticos - Conocimiento turístico - ¿Pueden los padres solicitar una vivienda de bajo alquiler si sus hijos tienen una casa?

¿Pueden los padres solicitar una vivienda de bajo alquiler si sus hijos tienen una casa?

Los padres no pueden solicitar viviendas de bajo alquiler si sus hijos son propietarios de una casa. Las condiciones para solicitar una vivienda de alquiler bajo son que el solicitante y los miembros de su familia no tengan vivienda confirmada por la autoridad de vivienda local, deben ser una familia de bajos ingresos o una familia de ingresos mínimos reconocida por el departamento de asuntos civiles local, y el Los miembros de la familia que soliciten vivienda de bajo alquiler deben tener apoyo legal mutuo, custodia o relación de manutención, vivir juntos, tener una residencia permanente en la ciudad local durante más de 5 años, el área de construcción de vivienda per cápita es inferior a 15 metros cuadrados. Metros, y el área total de construcción de viviendas familiares es inferior a 50 metros cuadrados.

Medidas para la Administración de las Viviendas Públicas de Alquiler

Artículo 30

Si vence el plazo del contrato de arrendamiento y es necesario renovarlo, el arrendatario deberá informar a la El departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel municipal y distrital presenta una solicitud.

El departamento de seguridad de vivienda del gobierno popular a nivel municipal y de condado trabajará con los departamentos pertinentes para revisar si el solicitante cumple con las condiciones. Si se cumplen las condiciones después de la revisión, se renovará el contrato de arrendamiento y se firmará un contrato de renovación.

Si el arrendatario no solicita la renovación del contrato de arrendamiento según lo requerido, deberá desalojar la vivienda pública de alquiler cuando expire el plazo del arrendamiento; si se niega a desalojar, el propietario de la vivienda pública de alquiler o el operador; La unidad que le haya sido confiada podrá solicitar al Tribunal Popular presentar una demanda para exigir a los inquilinos que abandonen las viviendas públicas de alquiler. Artículo 18

El plazo de arrendamiento de las viviendas públicas de alquiler no excede generalmente de 5 años.