¿Puedo vivir en Home Inn si tengo licencia de conducir?
A la hora de registrarte en un hotel, normalmente es necesario presentar un documento de identidad válido, que es el documento más utilizado. Algunos hoteles también aceptan otros documentos de identificación oficiales, como:
1. Pasaporte;
2.
En Home Inn, si no tienes un documento de identidad, puedes intentar utilizar tu licencia de conducir como prueba de identidad. La aceptación de licencias de conducir puede variar según las políticas y la ubicación del hotel. Si el hotel acepta licencias de conducir, el personal registrará al huésped según la información de la licencia de conducir.
Instalaciones de servicio de Home Inn:
1. Servicio de habitaciones: brindando diferentes tipos de habitaciones para satisfacer las necesidades de alojamiento de los diferentes clientes;
2. : Cubre todas las áreas del hotel para facilitar a los clientes la búsqueda de información en línea;
3. Servicios de catering: existen restaurantes o servicios cooperativos de comida para llevar, que ofrecen una variedad de opciones de catering;
4. Servicio de recepción: servicio de recepción las 24 horas, que incluye check-in y check-out exprés;
5. Servicio de limpieza diario para mantener la habitación limpia y cómoda; >
6. Instalaciones de seguridad: Dotadas de sistema de protección contra incendios y equipos de vigilancia para garantizar la seguridad del alojamiento del cliente.
7. Instalaciones de conveniencia: se proporcionan máquinas expendedoras, servicios de lavandería y otras instalaciones de conveniencia para satisfacer las necesidades diarias.
En resumen, aunque el DNI es el documento más utilizado para el check-in en un hotel, Homeinns también acepta el permiso de conducir como prueba válida de identidad. Si bien esta política puede variar según las características específicas del hotel y la ubicación, los huéspedes pueden intentar registrarse con su licencia de conducir, no se requiere identificación.
Base legal:
Medidas para la Gestión de la Seguridad Pública de la Industria Hotelera
Artículo 6
Los hoteles deberán registrarse al recibir turistas. Al realizar el registro se comprobará el documento de identidad del pasajero y se registrará verazmente a los pasajeros según los puntos prescritos.