Cuando una persona se hospeda en un hotel, ¿vendrá la policía y lo arrestará?
En circunstancias normales, después de tomar medidas de restricción del consumo, una persona clasificada como deshonesta no deberá tomar más que alojamiento de segunda clase en camas blandas en aviones, trenes o barcos; campos de golf y otros lugares realizan un alto consumo. El abuso de confianza es una disputa por deudas o un caso civil, no una persecución en línea de fugitivos. Si el infractor no tiene otra conducta delictiva o es sospechoso de conducta ilegal, la policía no tomará medidas punitivas contra él. Siempre que el usuario tome la iniciativa de pagar, el moroso puede cancelar la lista negra. Si la persona sujeta a ejecución ha cumplido las obligaciones especificadas en el documento legal vigente, el tribunal popular generalmente eliminará la información no confiable dentro de los tres días hábiles. Incluir al moroso en el expediente crediticio de la persona sujeta a ejecución y proporcionarlo a las instituciones financieras y otras unidades en forma de informe crediticio para que las unidades pertinentes lo consideren al revisar préstamos y otros negocios.
Base jurídica
Artículo 1 de las "Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre la publicación de información sobre la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución" La persona sujeta a ejecución no cumplir las obligaciones especificadas en el documento legal vigente y tiene lo siguiente: En una de las circunstancias, el tribunal popular incluirá a la persona en la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución e impondrá sanciones crediticias de conformidad con la ley: (1) Negarse a cumplir las obligaciones especificadas en documentos legales vigentes a pesar de tener la capacidad de realizarlas (2) Utilizar pruebas falsificadas, violencia o amenazas Obstruir o resistirse a la ejecución (3) evadir la ejecución mediante litigios falsos, arbitraje falso u ocultación o transferencia de propiedad; ) Violar el sistema de reporte de propiedad; (5) Violar las órdenes de restricción de consumo; (6) Negarse a cumplir el acuerdo de conciliación sin motivos justificables.