Red de conocimientos turísticos - Curso de fotografía - ¿Se puede alquilar y registrar una casa sellada?

¿Se puede alquilar y registrar una casa sellada?

Análisis jurídico: Las casas embargadas no se pueden alquilar ni archivar. Para el arrendamiento de viviendas, el arrendador y el arrendatario firmarán un contrato de arrendamiento por escrito y lo registrarán en el departamento de gestión inmobiliaria. Si la casa alquilada ha sido sellada, el propietario ya no tiene derecho a controlarla, es decir, la casa ya no se puede alquilar y el contrato de arrendamiento ya no se puede registrar. Sin embargo, se debe registrar y presentar un contrato normal de alquiler de casa. Las partes involucradas en el arrendamiento de viviendas deberán acudir, dentro de los 30 días siguientes a la firma del contrato de arrendamiento, al departamento de gestión de bienes raíces del gobierno popular municipal o del condado para tramitar los procedimientos de registro con los documentos pertinentes.

Base jurídica: El artículo 13 de las “Medidas de Gestión del Alquiler de Vivienda Urbana” desarrolla un sistema de registro y archivo del alquiler de vivienda. Si se firma, modifica o rescinde un contrato de arrendamiento, las partes interesadas deberán registrarse en el departamento de gestión de ampliación de viviendas del gobierno popular de la ciudad o condado donde esté ubicada la casa.