Red de conocimientos turísticos - Curso de fotografía - Cuestiones legales. Me caí en un hotel y me rompí un tendón y un nervio. Ahora quiero una compensación, pero no sé cuál quiero.

Cuestiones legales. Me caí en un hotel y me rompí un tendón y un nervio. Ahora quiero una compensación, pero no sé cuál quiero.

Según lo que usted dijo, lo que hay que hacer ahora es realizar una tasación de discapacidad para ver si constituye una discapacidad. Evalúe sus propias lesiones y calcule sus beneficios por discapacidad en función del nivel evaluado de discapacidad.

1. La base legal para su solicitud de compensación al hotel es: Artículo 6 de la "Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de compensación por daños personales". . Si una persona física, jurídica u otra organización dedicada al alojamiento, la restauración, el entretenimiento y otras actividades comerciales u otras actividades sociales no cumple con las obligaciones de garantía de seguridad dentro de un rango razonable y causa lesiones personales a otros, el tribunal popular lo apoyará.

Si el daño es causado por la infracción de un tercero, el tercero infractor será responsable de la indemnización. Si el deudor de la garantía de seguridad tiene culpa, soportará la responsabilidad de indemnización complementaria correspondiente en la medida en que pueda prevenir o detener el daño. Una vez que el deudor de la garantía de seguridad asume la responsabilidad, puede reclamar una indemnización al tercero. Si el titular del derecho de indemnización interpone demanda contra el deudor de la garantía, el tercero será nombrado coacusado, salvo que el tercero sea desconocido.

2. La base jurídica del artículo por el que solicita indemnización es: "La Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de indemnización por daños personales" Artículo 17 Si el La víctima sufre lesiones personales, la persona con la obligación de compensar deberá compensar todos los gastos tales como gastos médicos, gastos de trabajo perdido, gastos de enfermería, gastos de transporte, gastos de alojamiento, hospitalización, subsidios de alimentos y gastos de nutrición necesarios incurridos debido a la ausencia del trabajo.

Artículo 19 Los gastos médicos se determinan con base en los recibos de gastos médicos y gastos de hospitalización emitidos por instituciones médicas, combinados con pruebas pertinentes como registros médicos y certificados de diagnóstico. Si el obligado a indemnizar tuviere alguna objeción a la necesidad o racionalidad del tratamiento, soportará la carga de la prueba correspondiente.

El monto de la indemnización por gastos médicos se determinará con base en el monto real incurrido antes de la conclusión del debate en el tribunal de primera instancia. El titular del derecho a compensación puede demandar por separado después de deducir los gastos de rehabilitación necesarios, los gastos de cirugía plástica apropiados y otros gastos de tratamiento de seguimiento para la capacitación en la recuperación de la función de los órganos. Sin embargo, basándose en certificados médicos o conclusiones de tasación, los gastos inevitables pueden compensarse junto con los gastos médicos ya incurridos.

Artículo 20: La remuneración por trabajo perdido se determina con base en el salario y los ingresos por trabajo perdido de la víctima.

La indemnización por pérdida del trabajo se determina con base en un certificado emitido por la institución médica donde la víctima recibió tratamiento. Si la víctima continúa ausente del trabajo debido a lesión e incapacidad, la ausencia podrá computarse hasta el día anterior a la fecha de la incapacidad.

Si la víctima tiene ingresos fijos, el salario perdido se calculará en función de la reducción real de ingresos. Si la víctima no tiene ingresos fijos, el cálculo se basará en su ingreso promedio de los últimos tres años, si la víctima no puede acreditar su ingreso promedio en los últimos tres años, podrá referirse al salario promedio de los empleados en; la misma o similar industria en la ubicación del tribunal de apelaciones en el año anterior.

Artículo 21 Los honorarios de enfermería se determinan en función de los ingresos del personal de enfermería, el número de enfermeras y la duración de los cuidados de enfermería.

Si el personal de enfermería tiene ingresos, el cálculo se basará en la normativa sobre remuneración por trabajo perdido, si el personal de enfermería no tiene ingresos o si el personal de enfermería contrata personal de enfermería, el cálculo se basará en la Normas de remuneración laboral del personal de enfermería local que presta el mismo nivel de atención. En principio, hay un personal de enfermería, pero si la institución médica o la agencia de evaluación tiene opiniones claras, el número de personal de enfermería se puede determinar por referencia.

El período de cuidados se computará hasta que la víctima recupere su capacidad para valerse por sí misma. Si la víctima no puede recuperar la capacidad de cuidar de sí misma debido a una discapacidad, se podrá determinar un período razonable de atención en función de su edad, estado de salud y otros factores, pero el período máximo no excederá los 20 años.

Después de que la víctima queda discapacitada, el nivel de atención debe determinarse en función del grado de dependencia de la enfermería y la preparación de dispositivos de asistencia para la discapacidad.

Artículo 22 Los gastos de transporte se calcularán con base en los gastos reales incurridos por la víctima y sus acompañantes necesarios para el tratamiento médico o el traslado a otros hospitales para su tratamiento. Los costos de transporte deben basarse en recibos oficiales; las credenciales pertinentes deben ser coherentes con el lugar, la hora, el número y la frecuencia del tratamiento médico.

Artículo 23: El subsidio de alimentación por hospitalización podrá determinarse con referencia a las normas de subsidio de alimentación para el personal ordinario de los organismos estatales locales.

La víctima realmente necesita ir a otros lugares para recibir tratamiento y no puede ser hospitalizada por razones objetivas. Se indemnizará la parte razonable de los gastos de alojamiento y alimentación efectivamente efectuados por la víctima y sus acompañantes.

Artículo 24 Los gastos de alimentación se determinan en función de la discapacidad de la víctima con referencia a las opiniones de la institución médica.

Artículo 25 La compensación por discapacidad se basará en el grado o grado de discapacidad de la víctima y el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos o el ingreso neto per cápita de los residentes rurales en el año anterior donde se encuentra el tribunal de apelación. situado. El plazo de cómputo es de 20 años desde la fecha de la invalidez. Sin embargo, si tienes más de 60 años, tu edad se reducirá en un año por cada año adicional; si tienes más de 75 años, tu edad se computará como cinco años;

Si la víctima está discapacitada debido a un accidente laboral, pero sus ingresos reales no se han reducido, o el nivel de discapacidad es relativamente leve, pero el riesgo laboral afecta seriamente su empleo, la compensación por discapacidad puede ajustarse en consecuencia.

Artículo 26 El costo de los dispositivos de asistencia para personas discapacitadas se calculará de acuerdo con los estándares de costo razonable de los dispositivos ordinarios aplicables. Si la lesión requiere necesidades especiales, puede consultar las opiniones de la agencia de asignación de dispositivos de asistencia para determinar los estándares de tarifas razonables correspondientes.

El ciclo de sustitución y el ciclo de compensación de los dispositivos de asistencia se determinarán con referencia a las opiniones de la organización compiladora.