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¿Es usted legalmente responsable de alquilar una casa embargada?

Alquilar una casa sellada requiere ciertas responsabilidades legales. Las regulaciones pertinentes son las siguientes:

1. Una vez sellada la casa, no se puede utilizar, ni siquiera alquilar, sin el consentimiento del Tribunal Popular. Si la casa ha sido alquilada antes de la incautación, para proteger los derechos del arrendatario, el contrato de arrendamiento sigue siendo válido y no se puede alquilar después de la expiración del contrato de arrendamiento

2; Si la persona sujeta a ejecución no cumple las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el Tribunal Popular tiene el poder de sellar, detener, congelar, subastar o vender los bienes de la persona sujeta a ejecución. Sin embargo, se conservarán las necesidades diarias del sujeto a ejecución y de sus dependientes;

3. Una vez sellados o detenidos los bienes, el albacea ordenará al sujeto a ejecución que cumpla con las obligaciones especificadas en el documento legal dentro del plazo especificado. Si la persona sujeta a ejecución no cumple con el plazo, el tribunal popular subastará los bienes sellados o retenidos, si no son aptos para la subasta o las partes acuerdan no subastarlos, el tribunal popular podrá confiar la unidad correspondiente; subastarlo o subastarlo por sí solo. Los artículos que el Estado prohíbe comprar y vender libremente se entregarán a las unidades correspondientes para su compra a los precios fijados por el Estado.

Base jurídica: Artículo 12 del "Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre la incautación, detención y embargo preventivo de bienes durante la ejecución civil por los tribunales populares".

Si los bienes sellados o incautados no son aptos para ser custodiados por el tribunal popular, el tribunal popular puede designar a la persona sujeta a ejecución como responsable de la custodia si no es adecuado para la persona sujeta a ejecución; para ser conservada, podrá encomendarla a un tercero o solicitar que la persona sujeta a ejecución se encargue de su custodia.

Si el uso continuado de la propiedad designada por el tribunal popular para ser conservada por la persona sujeta a ejecución no tiene un impacto significativo en el valor de la propiedad, se puede permitir que la persona sujeta a ejecución continúe utilizarlo; será conservado por el tribunal popular o confiado a un tercero o a la persona que solicita la ejecución, el custodio no podrá utilizarlo.

Artículo 13

Cuando el bien garantizado ocupado por el titular de la garantía real sea sellado, retenido o congelado, el titular de la garantía real será generalmente designado custodio si el bien se conserva; por el tribunal popular, los bienes pignorados serán derechos y gravámenes no se extinguen por la transferencia de posesión. .