Red de conocimientos turísticos - Curso de fotografía - ¿Tiene el comité del pueblo derecho a "arrendar" terrenos baldíos colectivos? Al pedir respuestas,Xiang escribió que el comité de su aldea arrendó más de 100 acres de terreno baldío en la aldea a una empresa para plantar plántulas sin el consentimiento de los aldeanos. ¿Tiene el comité del pueblo derecho a alquilar? Si no tenemos derechos, ¿cómo podemos los aldeanos defender nuestros derechos? Respuesta: La pregunta clave de su carta es si el contrato firmado entre el comité de la aldea y una determinada empresa es un contrato de arrendamiento de tierras o un contrato de arrendamiento de tierras. La Ley de Contratos de Tierras Rurales contiene disposiciones detalladas sobre las condiciones para establecer arrendamientos y contratos de tierras. El artículo 3 de la "Ley de Contratos de Tierras Rurales" estipula: "El Estado implementa un sistema de gestión de contratos de tierras rurales. La contratación de tierras rurales adopta el método de contrato familiar dentro de las organizaciones económicas colectivas rurales. No es adecuado adoptar el método de contrato familiar en montañas áridas. , acequias desoladas, colinas desoladas y playas desoladas se pueden contratar mediante licitación, subasta, consulta pública, etc. El artículo 32 estipula: “Los derechos de gestión de contratos de tierras obtenidos mediante contratación familiar se pueden subcontratar, arrendar, intercambiar y transferir. o de otro modo conforme a la ley. "De acuerdo con las regulaciones anteriores, las tierras rurales solo pueden contratarse y no pueden arrendarse. La industria de arrendamiento de tierras solo puede ser arrendada por el contratista después de la operación del contrato doméstico, y el comité de la aldea no puede arrendarlas a extraños. Por lo tanto, el contrato de arrendamiento firmado por el comité de la aldea es esencialmente un contrato de tierras. Entonces, ¿tiene el comité de la aldea la facultad de firmar contratos de tierras con partes externas? Según los artículos 47 y 48 de la Ley de Contratos de Tierras Rurales, “en las mismas condiciones, los miembros del colectivo de la aldea”. Las organizaciones económicas tienen prioridad para contratar tierras rurales.” La parte que expide el contrato deberá obtener el consentimiento de más de dos tercios de los miembros de la asamblea de aldeanos o de los representantes de los aldeanos de más de dos tercios de los miembros del colectivo económico. organización por adelantado y presentarla al gobierno popular del municipio para su aprobación." Sin el consentimiento de más de dos tercios de los aldeanos o de sus representantes, el comité de la aldea no tiene derecho a contratar tierras. Además, el comité de la aldea no tiene derecho a contratar tierras. El comportamiento también daña el derecho prioritario de los aldeanos a contratar, y el contrato firmado por el comité de la aldea es inválido, solicitando al tribunal que confirme que el contrato no es válido.