Red de conocimientos turísticos - Curso de fotografía - ¿Qué debo hacer si no abandono el alquiler que debo?

¿Qué debo hacer si no abandono el alquiler que debo?

Huir sin pagar el alquiler es un incumplimiento de contrato, que no sólo supondrá la resolución del contrato de arrendamiento, sino también el procesamiento por parte del arrendador.

1. En caso de incumplimiento doloso del alquiler, el arrendatario podrá ejercer el derecho a recuperar la vivienda según lo estipulado en el contrato. Según la nueva normativa, si el arrendatario de un edificio residencial aún no paga el alquiler después de que el arrendador se lo recuerde, el arrendador puede rescindir el contrato de arrendamiento

2. debe cumplir con la obligación de pagar el recordatorio y el arrendatario aún no paga. Si el contrato de arrendamiento se rescinde por incumplimiento del contrato del arrendatario, el arrendador podrá exigir al arrendatario que compense el alquiler de la casa arrendada durante el período de inactividad. .

4. Si el arrendatario incumple o retrasa el pago del alquiler sin motivos justificables, el arrendador podrá exigir al arrendatario el pago del alquiler en un plazo razonable. Si el arrendatario no paga dentro del plazo previsto, el arrendador podrá resolver el contrato.

¿Cómo resolver disputas de alquiler?

1. Los métodos para resolver disputas de alquiler son los siguientes:

(1) Solicitar mediación a organizaciones autónomas de vecinos o juntas vecinales; También puede acercarse a la oficina de administración de vivienda. El asunto será resuelto por el personal;

(3) Si la negociación fracasa, se iniciará una demanda civil o un arbitraje.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: Artículo 721 del Código Civil.

El arrendatario deberá pagar el alquiler en el plazo acordado. Si no se pactara el plazo para el pago del alquiler o el contrato fuere poco claro, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, si el plazo del arrendamiento fuera inferior a un año, el pago se efectuará al vencimiento del período de arrendamiento, si el período de arrendamiento excede un año, el pago se realizará al final del período de arrendamiento, el pago se realizará cada año, y si el plazo restante es inferior a un año, el pago se realizará al final del período de arrendamiento. final del plazo de arrendamiento.

Artículo 722

Si el arrendatario no paga o se retrasa en el pago del alquiler sin causas justificadas, el arrendador podrá exigir al arrendatario el pago en un plazo razonable si éste no lo hace; pagar dentro del plazo, el arrendador podrá rescindir un contrato.