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Cómo maneja la contabilidad los arrendamientos financieros de los arrendadores

Tratamiento contable para los arrendadores de arrendamientos financieros

1. La fecha de inicio del periodo de arrendamiento.

En la fecha de inicio del período de arrendamiento, la diferencia entre la suma de la cuenta por cobrar del arrendamiento financiero y el valor residual no garantizado y su valor presente se reconoce como ingreso financiero no realizado, y se reconoce en períodos posteriores cuando el Se recibe renta. Los costos directos iniciales incurridos por el arrendador se incluirán en la medición inicial de las cuentas por cobrar por arrendamiento financiero, reduciendo el monto de los ingresos reconocidos durante el período del arrendamiento.

El tratamiento contable es el siguiente: En la fecha de inicio del período de arrendamiento, el arrendador debita la cuenta “Deudores a largo plazo - Deudores de arrendamiento financiero” en función del pago mínimo del arrendamiento, y debita “No garantizados” con base en el valor residual no garantizado. La cuenta "Valor residual" se acredita a la cuenta "Activos de arrendamiento financiero" con base en el valor en libros original de los activos arrendados, y la cuenta "Depósitos bancarios" se acredita con base en los costos directos iniciales pagados. . Luego se acredita la cuenta "Ganancias financieras no devengadas". Si existe una diferencia entre el valor razonable de un activo de arrendamiento financiero y su valor en libros, también se debe debitar la cuenta de "gastos no operativos" o se debe acreditar la cuenta de "ingresos no operativos".

A la hora de calcular la tasa interna de retorno se han tenido en cuenta los costes directos iniciales. Para evitar la sobreestimación de los ingresos financieros no realizados, estos deben ajustarse en el momento del reconocimiento inicial debitando los "ingresos financieros no realizados" y acreditando "cuentas por cobrar a largo plazo - cuentas por cobrar por arrendamiento financiero".

2. Tratamiento contable para la distribución de ingresos financieros no realizados

Al distribuir los ingresos financieros no realizados, el arrendador utilizará el método del tipo de interés efectivo para calcular los ingresos financieros que deben reconocerse en el período actual.

El tratamiento contable es el siguiente: cuando el arrendador reciba el alquiler en cada periodo, se debitará de la cuenta “depósito bancario” y se acreditarán “derechos a cobrar a largo plazo - créditos por arrendamiento financiero” en función del alquiler sujeto recibido. Al asignar los ingresos financieros no realizados en cada período de acuerdo con un método razonable, la cuenta "ingresos financieros no realizados" debe debitarse y la cuenta "ingresos por alquiler" debe acreditarse de acuerdo con el monto de los ingresos financieros que deben reconocerse en el período actual.