¿Qué comportamientos o ejemplos vemos a nuestro alrededor que respetan los derechos personales de los demás?
Coloque una pasarela ciega en la acera, participe activamente en la donación de sangre y coloque un puesto frente al mostrador del banco para hacer fideos de arroz.
(1) Derecho a la vida El derecho a la vida se refiere al derecho a no ser dañado ni asesinado o derecho a no ser dañado ni asesinado, así como a los derechos materiales necesarios para mantener la vida y una salud mínima. protección. Este es también el derecho más básico entre los derechos humanos.
(2) Derechos corporales Los derechos corporales se refieren a los derechos que disfrutan las personas físicas de conformidad con la ley para mantener la integridad de sus extremidades, órganos y otros tejidos. Los derechos corporales tienen su propio alcance de protección único, y la infracción de los derechos corporales no necesariamente causa daños a la vida y la salud.
(3) El derecho a la salud se refiere al derecho de las personas físicas a mantener sus capacidades fisiológicas y psicológicas normales y su adaptabilidad social.
(4) Derecho de nombre: El derecho de nombre se refiere al derecho de los ciudadanos a decidir su propio nombre, usar su propio nombre, cambiar su nombre y pedir a otros que respeten su nombre. Es un derecho con intereses de nombre. como su contenido. Incluye principalmente la denominación, uso y cambio de denominación, así como la eliminación de obstrucciones e infracciones por parte de terceros.
(5) La denominación de derecho de denominación se refiere a la marca específica establecida por las personas jurídicas y otras organizaciones para distinguirlas de otras organizaciones cuando participan en actividades civiles. El nombre de una persona jurídica debe reflejar su naturaleza comercial, actividades operativas y afiliaciones.
(6) Derechos de retrato El retrato se refiere a la expresión externa del cuerpo de un ciudadano. Reproduce objetivamente la expresión externa del cuerpo de una persona a través del arte tradicional y la ciencia moderna, como la escultura, la fotografía, los retratos, etc. El retrato refleja la verdadera imagen y las características de personalidad del retrato, por lo que el retrato es inseparable de la personalidad de una persona específica. Por tanto, el derecho al retrato es un derecho personal que permite a los ciudadanos disfrutar de los intereses de su propio retrato y excluir la infracción por parte de otros. Es un derecho de la personalidad que toma como contenido la imagen del ciudadano y sus intereses característicos.
(7) Derecho a la reputación El derecho a la reputación se refiere a la evaluación y resumen del carácter, talento, reputación, buena voluntad, calificaciones y logros de un ciudadano o persona jurídica específica por parte de la sociedad u otros. El derecho a la reputación es un derecho personal que disfrutan los ciudadanos y las personas jurídicas de conformidad con la ley, y su valoración social no es infringida por otros.
(8) El derecho a la privacidad, también conocido como derecho a la privacidad personal, se refiere al derecho de una persona física a no revelar ni dejar saber a otros sus secretos personales.
(9) El derecho de crédito de un sujeto civil es la correspondiente confianza y valoración de la capacidad económica en la sociedad, así como el derecho a conservar y conservar la personalidad. Como sujetos civiles, tanto las personas físicas como las jurídicas gozan de derechos crediticios de conformidad con la ley. Ninguna otra persona puede infringir ilegalmente este derecho, y las agencias de informes crediticios no infringirán este derecho.