Red de conocimientos turísticos - Curso de fotografía - Según el Código Civil, ¿se puede cancelar el alquiler si no se cumple el contrato de alquiler?

Según el Código Civil, ¿se puede cancelar el alquiler si no se cumple el contrato de alquiler?

Análisis jurídico: El Código Civil estipula que si el arrendador no cumple con sus obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento de la vivienda y aún así incumple a pesar de los recordatorios, el arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y exigir que el arrendador asuma la responsabilidad.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 563 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, las partes podrán resolver el contrato:

(1) El objeto del contrato no puede realizarse debido a fuerza mayor;

(2) Antes de la expiración del período de ejecución, una de las partes declara expresamente o demuestra por su propio comportamiento que no cumplir con la obligación principal;

(3) ) Una parte retrasa el cumplimiento de la obligación principal y no la cumple dentro de un período razonable después de haber sido instada

(4) Una parte; retrasa el cumplimiento de la obligación o comete otros incumplimientos del contrato, que resulten en el incumplimiento del objetivo del contrato.

(5) Otras circunstancias previstas por la ley;

Para un contrato indefinido que implique el cumplimiento continuado de deudas, las partes podrán resolver el contrato en cualquier momento, pero deberán notificarlo a la otra parte antes de un plazo razonable.

Artículo 566: Si el contrato no se ha cumplido después de la terminación del contrato, se dará por terminada la ejecución; si el contrato se ha cumplido, la parte podrá pedir la restitución al estado original o tomar otra medida correctiva; medidas según la situación de ejecución y la naturaleza del contrato, y tiene derecho a solicitar una indemnización por las pérdidas. Si el contrato se rescinde por incumplimiento del contrato, el acreedor podrá exigir a la parte incumplidora que asuma la responsabilidad por incumplimiento del contrato, salvo acuerdo en contrario de las partes. Una vez rescindido el contrato principal, el garante seguirá siendo responsable civil frente al deudor, salvo pacto en contrario en el contrato de garantía.