Red de conocimientos turísticos - Curso de fotografía - ¿Qué debo hacer si tengo un contrato de arrendamiento con una casa de subastas?

¿Qué debo hacer si tengo un contrato de arrendamiento con una casa de subastas?

En términos generales, para las casas que se subastan de acuerdo con la ley, si se firma un contrato de arrendamiento de la casa antes de la subasta, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de "las ventas no rompen el contrato de arrendamiento", el postor ganador de la subasta no es Se permite rescindir el contrato de arrendamiento, y el arrendatario aún puede alquilar la casa hasta su vencimiento. Si se firma un contrato de arrendamiento después de la subasta de la casa, el principio de "compra y venta no rompe el contrato de arrendamiento" no se aplica y los derechos de arrendamiento establecidos por el propietario sobre la casa embargada no son válidos.

Para aquellos que firmaron un contrato de arrendamiento antes de la subasta, el comprador puede negociarlo y resolverlo primero. Habrá información del arrendamiento en la información pública de la casa de subastas y el comprador debe comprenderla. avance. Sin embargo, si la negociación fracasa, se puede seguir la demanda civil estipulada en el contrato de alquiler de la casa o solicitar un arbitraje.

El arrendamiento de una casa significa que el propietario u operador de una casa entrega la casa que posee u opera al consumidor de la casa, y el consumidor de la casa obtiene la propiedad y los derechos de uso de la casa pagando un determinado comportamiento de alquiler con regularidad. El arrendador (generalmente el propietario del edificio) alquila el edificio al arrendatario y el arrendatario paga el alquiler al arrendador.

Base Jurídica

Artículo 725 del Código Civil

Según el contrato de arrendamiento, si la propiedad del objeto arrendado cambia durante la posesión del arrendatario, el arrendamiento contrato no se verá afectada su eficacia.

Artículo 726

Si el arrendador vende la casa arrendada, deberá notificarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta. El arrendatario tiene derecho de tanteo en las mismas condiciones. ;Excepto si la casa es adquirida por el propietario o el arrendador vende la casa a un pariente cercano. Una vez cumplido el arrendador su obligación de notificación, si el arrendatario no manifiesta expresamente su intención de compra en el plazo de quince días, se considerará que el arrendatario ha renunciado a su derecho de tanteo.

Artículo 727

Si el arrendador encomienda a un subastador la subasta de la casa arrendada, éste deberá notificarlo al arrendatario cinco días antes del remate. Si el arrendatario no participa en la subasta, se considerará que ha renunciado al derecho de tanteo.