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La forma más eficaz de gestionar disputas sobre contratos de alquiler de viviendas

Análisis legal: existen métodos de mediación, arbitraje y litigio para manejar las disputas sobre contratos de alquiler de viviendas. Las partes pueden resolver disputas contractuales mediante conciliación o mediación. Si las partes no están dispuestas a reconciliarse o mediar, o si la reconciliación o la mediación fracasan, pueden solicitar un arbitraje a una institución de arbitraje de conformidad con el acuerdo de arbitraje. En cuanto al tribunal competente para conocer de las controversias sobre un contrato de arrendamiento de vivienda, las partes podrán acordarlo al firmar el contrato de arrendamiento de vivienda. Sin embargo, el acuerdo no puede violar la jurisdicción exclusiva y la jurisdicción jerárquica. Si no hay acuerdo, será competente el tribunal popular del lugar del domicilio del demandado o del lugar de ejecución del contrato.

Base legal: Artículo 119 de la "Ley de Procedimiento Civil", la persecución debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) El demandante es un ciudadano, persona jurídica u otra organización que tiene un interés directo en el caso;

(2) Hay un acusado claro;

(3) Hay solicitudes, hechos y motivos específicos;

(4) Es aceptado por el Tribunal Popular. El alcance del litigio civil estará bajo la jurisdicción del tribunal popular demandado.

Artículo 23 de la "Ley de Procedimiento Civil": Los litigios iniciados por controversias contractuales serán competencia del Tribunal Popular del lugar del domicilio del demandado o del lugar de ejecución del contrato.

Artículo 34 de la "Ley de Procedimiento Civil": Las partes en un contrato u otra disputa sobre derechos de propiedad pueden elegir por escrito el lugar de residencia del demandado, el lugar de ejecución del contrato, el lugar de firma del contrato, el lugar de residencia del demandante y la ubicación del asunto en espera del Tribunal Popular. Está realmente relacionado con la controversia, pero no debe violar las disposiciones de esta Ley sobre jurisdicción jerárquica y jurisdicción exclusiva.