Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - El fotógrafo tomó la foto, pero no le pagó. ¿El fotógrafo posee los derechos de autor de la foto? Busque reglas específicas

El fotógrafo tomó la foto, pero no le pagó. ¿El fotógrafo posee los derechos de autor de la foto? Busque reglas específicas

En nuestro país, el derecho al retrato, como importante derecho de personalidad de los ciudadanos, está estipulado y protegido por los Principios Generales del Derecho Civil. Los "Principios generales del derecho civil" estipulan que "los ciudadanos disfrutan del derecho de retrato, y su retrato no puede utilizarse con fines de lucro sin el consentimiento del individuo". La "Ley de derechos de autor" de mi país estipula claramente que las bellas artes y la fotografía son objetos protegidos por la ley de derechos de autor y no pueden usarse sin permiso. La infracción de las obras de otras personas está prohibida por la ley. De esta manera, las disposiciones legales sobre derechos de retrato y derechos de autor han formado un estado de permiso mutuo, lo que ha dado lugar a un conflicto legal.

Según el artículo 17 de la Ley de Derecho de Autor de mi país: “La titularidad de los derechos de autor de una obra encargada será pactada entre el cliente y el fiduciario mediante contrato si en el contrato no se estipula expresamente. Si no se concluye el contrato, los derechos de autor pertenecen a la obra confiada. Según esto, cuando una parte confía a otros para que le tomen fotografías, retratos o estatuas, primero puede acordar la propiedad de los derechos de autor mediante un contrato. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, los derechos de autor pertenecen al creador. Sin embargo, la Ley de Derecho de Autor de mi país no limita claramente los derechos del propietario de los derechos de autor de las obras encargadas (obras retrato), y debido a que al cliente y al fideicomisario puede no importarles mucho la propiedad de los derechos de autor de la obra y la intransferibilidad de la misma. Los derechos personales de la obra deben estipularse claramente a través del contrato. No hay muchos y aún pueden ocurrir conflictos entre los dos derechos.

La "Respuesta sobre las cuestiones de derechos de autor de fotografías tomadas en el estudio" de la Administración Nacional de Derechos de Autor de mi país (en adelante, la "Respuesta") regula hasta cierto punto una gran cantidad de casos en la vida real. donde no existe acuerdo o acuerdo poco claro sobre la propiedad de los derechos de autor de las obras encargadas. Tercera disposición de la respuesta: "Dado que las fotografías también pueden implicar derechos de retrato del cliente, el estudio fotográfico debe respetar el artículo 100 de los Principios Generales del Derecho Civil al ejercer los derechos de autor: "Si una fotografía se utiliza con fines de lucro, debe obtener la licencia del titular de los derechos del retrato con antelación. "Obviamente, esta cláusula adopta la teoría de que los derechos de la personalidad son superiores a los derechos de autor, y estipula que cuando un fideicomisario utiliza su retrato protegido por derechos de autor con fines de lucro, tiene la obligación de obtener permiso del titular de los derechos del retrato por adelantado, pero no aclarar si el administrador debe obtener permiso del titular de los derechos del retrato. De acuerdo con el principio de equidad del derecho civil, esta disposición debe interpretarse como que el propietario de los derechos de autor debe pagar una remuneración al propietario del retrato. El derecho a utilizar los retratos del propietario de los derechos de autor con fines de lucro es una cuestión. El punto 4 de la "Respuesta" estipula que si el cliente (propietario de los derechos de autor) y el administrador (propietario de los derechos de autor) estipulan claramente en el contrato de agencia que el cliente tiene el derecho. para utilizar las fotografías con fines de lucro mediante copias, publicidad, etc., el cliente tiene derecho a utilizar los retratos con fines de lucro dentro del ámbito de las actividades comerciales. Si el cliente y el fideicomisario no han acordado que el cliente tiene derecho a utilizar las fotografías. retrato con fines de lucro, y hay motivos suficientes para creer que el administrador sabe que el cliente utilizará el retrato con fines de lucro. Si no se plantea ninguna objeción, aunque los derechos de autor pertenecen al administrador, el cliente todavía tiene el derecho de utilizar las fotografías con fines de lucro. beneficio en el ámbito de sus actividades comerciales si el cliente y el fiduciario no expresan expresamente que el cliente tiene derecho a utilizar el retrato con fines de lucro, o no hay motivos para creer que el fiduciario sabe que el cliente utilizará el retrato. retrato con fines de lucro Cuando los derechos de autor pertenecen al fiduciario, si el cliente desea utilizar el retrato con fines de lucro, debe obtener el permiso del fiduciario por adelantado, pero en cualquier caso, cuando el cliente utiliza el retrato, debe pagar la remuneración correspondiente. Al fideicomisario Como se puede ver en lo anterior, la respuesta adopta un "sistema de licencia mutua" cuando el propietario de los derechos de autor y el propietario del retrato son inconsistentes. Si una de las partes utiliza un retrato con fines de lucro, debe obtener el consentimiento de la otra parte. y pagar la remuneración correspondiente. Este tipo de remedio ex post no puede resolver fundamentalmente el conflicto entre los derechos de autor y los derechos de retrato. Por lo tanto, cuando la ley de derechos de autor de mi país se revise nuevamente, debería haber restricciones claras Los derechos de los propietarios de los derechos de autor de las obras encargadas. obras de retratos) deben definirse mediante disposiciones legales claras, y los derechos y obligaciones de los propietarios de derechos de autor y de los titulares de derechos de retratos deben definirse para resolver fundamentalmente el conflicto de derechos entre los dos.

La respuesta proviene de Zhihu. Wei abogado.