Según lo establecido en la Ley de Derechos de Autor, ¿qué protege la Ley de Derechos de Autor?
El artículo 10 de la "Ley de Derecho de Autor" estipula que el derecho de autor incluye los siguientes derechos personales y de propiedad: (1) El derecho de publicación, es decir, el derecho a decidir si se realiza una obra. público; (2) el derecho de firma, es decir, el derecho a indicar la identidad del autor, el derecho a firmar la obra; (3) el derecho a modificar, es decir, el derecho a modificar o autorizar a otros a modificar la obra; (4) el derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra contra distorsiones o alteraciones (5) el derecho a reproducir, es decir, el derecho a hacer una o más copias de la obra; imprimiendo, fotocopiando, frotando, grabando, grabando en vídeo, copiando o reproduciendo, etc. (6) Derecho de distribución, es decir, proporcionar el original o la copia de la obra al público mediante la venta o el regalo; (7) Derechos de alquiler; es decir, el derecho a otorgar licencias temporales a otros para utilizar obras cinematográficas, obras creadas mediante métodos similares a la realización de películas y software de computadora, excepto cuando el software de computadora no sea el objeto principal del arrendamiento (8) Derechos de exhibición, es decir, el derecho; exhibir públicamente originales o copias de obras artísticas y fotográficas; (9) derechos de interpretación, es decir, el derecho a interpretar públicamente obras y difundir públicamente las interpretaciones de las obras de diversas formas; (10) derechos de proyección, es decir, a través de; proyectores y proyectores de diapositivas El derecho a reproducir públicamente arte, fotografía, películas y obras creadas mediante métodos similares a la realización cinematográfica utilizando equipos técnicos como los siguientes: (11) Derechos de radiodifusión, es decir, a transmitir o difundir públicamente obras por medios inalámbricos, y difundir obras radiodifundidas al público a través de medios cableados o de retransmisión, el derecho a difundir obras radiodifundidas al público a través de altavoces u otras herramientas similares para transmitir símbolos, sonidos e imágenes (12) el derecho a la difusión de información en redes, es decir; , proporcionando obras al público de forma cableada o inalámbrica, permitiendo al público elegir El derecho a obtener la obra en un momento y lugar específicos (13) El derecho a filmar, es decir, el derecho a fijar la obra en un soporte; haciendo una película o utilizando un método similar a la realización cinematográfica; (14) El derecho a adaptar, es decir, a cambiar la obra, crear. El derecho a producir nuevas obras originales; (15) El derecho de traducción, es decir, el derecho; convertir una obra de un idioma a otro; (16) El derecho de compilación, es decir, el derecho de una obra o un fragmento de una obra mediante selección o El derecho de organizar y compilar en nuevas obras; que debería ser disfrutado por el propietario de los derechos de autor.
Objetividad jurídica:
Las obras a que se refiere el artículo 3 de la Ley de Derecho de Autor incluyen obras en las siguientes formas: (1) obras escritas (2) obras orales; Música, teatro, arte popular, danza y obras acrobáticas; (4) obras de arte y arquitectura; (5) obras fotográficas; (6) obras cinematográficas y obras creadas con métodos cinematográficos similares; (7) dibujos de diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos; , Trabajos gráficos y de maquetas, como mapas y diagramas esquemáticos; (8) Software informático (9) Otros trabajos previstos por leyes y reglamentos administrativos;