Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - Si pagas el alquiler con diez días de antelación, ¿vivirás menos?

Si pagas el alquiler con diez días de antelación, ¿vivirás menos?

No, lo normal es pagar el alquiler con 10 días de antelación. Este tipo de persona tiene visión de futuro. No quiere incumplir el pago del alquiler. Algunas personas tienen mejores condiciones económicas, por eso llegan con media hora de antelación.

Datos ampliados:

El artículo 6 de las “Medidas de Gestión del Arrendamiento de Vivienda Urbana” establece que no se permite el alquiler de las siguientes viviendas:

(1) No obtener un certificado de propiedad de la vivienda de acuerdo con la ley

De las regulaciones anteriores se desprende que la propiedad de la casa alquilada debe ser clara y cumplir con los requisitos de seguridad, planificación, protección ambiental y saneamiento. etcétera. Estas normas son bien comprendidas por todos, pero la casa en alquiler no tiene el certificado de propiedad conforme a la ley; * * * la casa es propiedad sin * * * * consentimiento; la propiedad está en disputa; y otros alquileres están prohibidos por las leyes y reglamentos pertinentes. En tales circunstancias, los arrendadores y arrendatarios a menudo ignoran el arrendamiento de casas hipotecadas.

En segundo lugar, a la hora de alquilar una casa con hipoteca, hay que prestar atención a las normas legales.

El 29 de septiembre de 2000, la 1133ª reunión del Comité Judicial del Tribunal Popular Supremo adoptó la "Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la Ley de Garantía de la República Popular China". ". El artículo 66 establece que si el deudor hipotecario arrienda el bien hipotecado, después de realizado el derecho hipotecario, el contrato de arrendamiento no obligará al cesionario. Cuando el deudor hipotecario arriende el inmueble hipotecado, si no informa por escrito al arrendatario que el inmueble está hipotecado, el deudor hipotecario será responsable de las pérdidas que se causen al arrendatario por el arrendamiento del inmueble hipotecado si el deudor hipotecario lo ha notificado al arrendatario; por escrito que el inmueble ha sido hipotecado, el arrendatario deberá soportar las pérdidas que se produzcan por la realización del derecho hipotecario.

Según la anterior interpretación judicial de la Ley de Garantías, el propietario de la vivienda alquilará la vivienda hipotecada. Para el arrendador, si no se notifica por escrito al arrendatario que la casa está hipotecada, el deudor hipotecario (normalmente el arrendador) soportará las pérdidas ocasionadas por el alquiler del inmueble hipotecado. Para el arrendatario, si el arrendador alquila la casa hipotecada, una vez realizada la hipoteca, el contrato de arrendamiento no vinculará al cesionario, es decir, el arrendatario sólo podrá reclamar una indemnización al arrendador. Si el arrendador ha informado por escrito al arrendatario que la casa está hipotecada, la pérdida sólo podrá ser soportada por el arrendatario. Para una casa hipotecada, si el acreedor hipotecario representa los intereses del país, sin el consentimiento del acreedor hipotecario y sin notificación escrita al arrendatario, la conducta de arrendamiento será inválida porque perjudica los intereses del país (la Ley de Contratos estipula claramente que el contrato es inválido). Si el acreedor hipotecario acepta alquilar la casa, el arrendador deberá cumplir con su obligación de notificar por escrito y el arrendatario deberá comprender claramente los riesgos legales del alquiler de la casa hipotecada.

3. Algunas cuestiones legales que pueden surgir fácilmente a la hora de firmar un contrato de arrendamiento.

En casos reales, las lagunas contractuales que probablemente se produzcan al firmar un contrato de arrendamiento incluyen principalmente: