Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - El propietario alquiló la casa mientras yo la alquilaba.

El propietario alquiló la casa mientras yo la alquilaba.

Subjetividad jurídica:

La casa se puede subarrendar, pero el subarrendamiento legal debe cumplir las dos condiciones siguientes: 1. El subarrendamiento debe ser aprobado por el propietario de la casa. El subarrendamiento no entra dentro del ámbito del uso normal y debe ser aprobado por el propietario del edificio, de lo contrario no será válido. 2. El alquiler del subarrendamiento no será superior al alquiler original, debiendo incrementarse razonablemente. Los ingresos recaudados deberán entregarse al propietario de la casa. El alquiler es el ingreso de la casa y debe ser obtenido por el dueño de la casa. Si una casa se subarrenda sin el consentimiento del dueño de la casa, o si se busca la diferencia de alquiler, el dueño de la casa tiene el derecho de exigir al arrendatario que asuma la responsabilidad por incumplimiento del contrato, rescindir el contrato de arrendamiento de la casa y recuperar la casa alquilada. casa.

Objetividad jurídica:

Según el artículo 725 del Código Civil, de conformidad con el contrato de arrendamiento, si la propiedad del objeto arrendado cambia durante la posesión del arrendatario, el arrendamiento no estar sujetos a cambios. Afectar la validez del contrato de arrendamiento.