¿Cuál es la ley aplicable a las disputas sobre contratos de viaje?
Análisis legal: La ley aplicable para disputas de contratos turísticos es: Artículo 91 y Artículo 93 de la "Ley de Turismo", asociaciones de consumidores, agencias de aceptación de quejas turísticas y organizaciones de mediación relevantes sobre la base de la voluntariedad entre ambas partes. Mediar en disputas entre turistas y operadores turísticos de conformidad con la ley.
Base jurídica: Artículo 465 de la “República Popular China y Código Civil” Un contrato establecido conforme a la ley estará protegido por la ley. Un contrato establecido conforme a la ley sólo obliga jurídicamente a las partes, salvo disposición legal en contrario.
Artículo 23 de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China y de la República Popular China. Los litigios derivados de disputas contractuales serán competencia del Tribunal Popular del lugar donde el demandado tenga su domicilio o. donde se ejecuta el contrato.
"Ley de Turismo de la República Popular China"
Artículo 91 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior designarán o establecerán una agencia unificada de aceptación de quejas de turismo. Cuando la agencia recibe una queja, la manejará de manera oportuna o la transferirá al departamento correspondiente para su procesamiento y notificará al denunciante.
Artículo 92 Las controversias entre turistas y operadores turísticos podrán resolverse a través de los siguientes canales:
(1) Negociación entre las dos partes;
(2) Aplicar para mediación a la asociación de consumidores, agencia de aceptación de quejas turísticas u organización de mediación relevante;
(3) Presentarlo a una institución de arbitraje para arbitraje de acuerdo con el acuerdo de arbitraje alcanzado con el operador turístico;
(4) Presentar una demanda ante el Tribunal Popular.
Artículo 93 Las asociaciones de consumidores, las agencias de aceptación de quejas turísticas y las organizaciones de mediación pertinentes mediarán en las disputas entre turistas y operadores turísticos sobre la base de la voluntariedad de ambas partes de conformidad con la ley.
Artículo 94 Si existe controversia entre turistas y operadores turísticos, y hay muchos turistas de una parte y tienen la misma solicitud, podrán elegir representantes para participar en consultas, mediaciones, arbitrajes y litigios. actividades.