¿Debería el propietario compensar al inquilino por la demolición de la casa?
2. Si la casa arrendada no se puede utilizar normalmente debido a la demolición, el arrendador deberá hacer una cierta compensación por la decoración del arrendatario, o exigir directamente al demoledor el pago de subsidios de mudanza y otras pérdidas.
En tercer lugar, el arrendador debe informar al inquilino que la casa puede ser demolida. Debido a que esto está directamente relacionado con la firma del contrato entre las dos partes y los intereses del arrendatario, no se permite alquilar las casas dentro del alcance de la demolición.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 577 Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o el cumplimiento de sus obligaciones contractuales no se ajusta a las acuerdo, será responsable del desempeño continuo, Responsabilidad por incumplimiento del contrato, como tomar medidas correctivas o compensar pérdidas.
Artículo 583: Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o las cumple de manera incompatible con lo pactado, y después de cumplir sus obligaciones o tomar medidas reparadoras, la otra parte aún sufre otras pérdidas, deberá indemnizar por las pérdidas.
Artículo 584: Si una de las partes incumple sus obligaciones contractuales o las cumple de manera incompatible con lo pactado, causando pérdidas a la otra parte, el monto de la indemnización será igual a las pérdidas causadas por el incumplimiento. del contrato, incluso después de la ejecución del mismo. Los beneficios que puedan obtenerse, sin embargo, no podrán exceder de las pérdidas que la parte incumplidora prevea o hubiera debido prever al celebrar el contrato.
Artículo 706 Si las partes no cumplieran los trámites de inscripción y presentación del contrato de arrendamiento de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, la validez del contrato no se verá afectada.
Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará un arrendamiento indefinido.
Artículo 708 El arrendador deberá entregar el bien arrendado al arrendatario conforme al contrato y conservar el bien arrendado conforme al uso convenido durante el período del arrendamiento.