Análisis Legal: Sí. Las personas físicas que alquilan una casa pueden acudir a la oficina de impuestos para emitir una factura. El propietario o inquilino sólo necesita traer el original y copia de su documento de identidad y el original y copia del contrato de alquiler al departamento de impuestos local de la zona donde se encuentra la casa. Las facturas de alquiler de viviendas están diseñadas y emitidas específicamente para los ingresos por alquiler de viviendas. Las facturas de alquiler de casas las emite la oficina de impuestos local donde se encuentra la propiedad, y la oficina de impuestos local las emite en su nombre. Al emitir una factura, es necesario traer el certificado de identidad legal del solicitante, el original y copia del certificado de propiedad inmobiliaria, una confirmación escrita del precio unitario y el monto de la casa de alquiler emitida por el pagador, o el contrato de arrendamiento. El contrato de arrendamiento estipula si el precio de alquiler de la casa incluye impuestos, si incluye impuestos, lo pagará el arrendador; si no incluye impuestos, el impuesto lo pagará el arrendatario. La información requerida es una copia del contrato de alquiler entre ambas partes, el DNI del propietario y el DNI del responsable. La tasa impositiva general para la suma de los impuestos relacionados es diferente en diferentes lugares y circunstancias.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Artículo 707 Si las partes no confirman por escrito que el plazo del arrendamiento excede de seis meses, lo harán por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido. Si el plazo del arrendamiento es fijo, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido.
Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.
Artículo 715 El arrendatario podrá mejorar o ampliar el bien arrendado con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario mejora o añade otros elementos al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá exigir al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.