Cuota de reclutamiento de mujeres soldados en Xinjiang
Base jurídica: Normativa de reclutamiento militar.
Artículo 3. Los ciudadanos varones que cumplan 18 años antes del 31 de febrero de cada año serán reclutados para el servicio activo. Aquellos que no sean reclutados ese año aún pueden ser reclutados para el servicio activo antes de cumplir 22 años.
En función de las necesidades del ejército, las ciudadanas podrán ser reclutadas para el servicio activo de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Según las necesidades del ejército y el principio de voluntariedad, los ciudadanos y ciudadanas que tengan más de 17 años pero menos de 18 antes del 1 de febrero de ese año pueden ser reclutados para el servicio activo.
Están exentos del servicio militar los ciudadanos con defectos físicos graves o discapacidades que no sean aptos para el servicio militar. Se puede aplazar el alistamiento de ciudadanos que sean la única fuerza laboral que sustenta a sus familias o que sean estudiantes que asisten a escuelas de tiempo completo.
No se reclutarán personas que hayan sido privadas de derechos políticos según la ley. No se reclutarán ciudadanos que estén siendo investigados, procesados, juzgados o condenados a prisión de duración determinada, detención penal o vigilancia pública.
Artículo 4 El número, los requisitos y el momento del reclutamiento nacional anual serán estipulados por las órdenes de reclutamiento del Consejo de Estado y la Comisión Militar Central.