Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - Se devolverán las viviendas públicas de alquiler que no estén ocupadas.

Se devolverán las viviendas públicas de alquiler que no estén ocupadas.

Análisis legal: Las viviendas públicas de alquiler que no se hayan mudado se pueden devolver. Puede solicitarlo en la oficina de gestión de viviendas públicas de alquiler donde se encuentra la comunidad o directamente en la oficina pública de viviendas de alquiler para realizar los procedimientos de cancelación del alquiler.

Base legal: Artículo 27 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler” Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos deberá devolver la vivienda pública de alquiler:

( 1) Transferir el inmueble alquilado a la vivienda pública de alquiler Prestar, subarrendar o permutar vivienda pública de alquiler sin autorización;

(2) Cambiar el uso de la vivienda pública de alquiler;

(3) Destruir o decorar viviendas públicas de alquiler sin autorización y negarse a restaurarlas en su estado original;

(4) Participar en actividades ilegales en viviendas públicas de alquiler;

(5) Viviendas públicas de alquiler dejado inactivo durante más de 6 meses sin motivos justificables.

Si el arrendatario se niega a devolver la vivienda pública de alquiler, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado le ordenará que la devuelva dentro de un plazo si el inquilino no la devuelve; dentro del plazo, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado puede solicitar un reembolso de conformidad con la ley.