Análisis jurídico: El contrato de arrendamiento de la casa es legal y válido, y el contrato de arrendamiento se rescindirá por incumplimiento del contrato por parte del inquilino. Si el arrendatario renueva la casa y añade razonablemente los materiales de decoración ya formados con el consentimiento del arrendador o de acuerdo con el objeto del arrendamiento estipulado en el contrato, habrá acuerdo sobre la disposición de los elementos de decoración. Si no hay acuerdo y fracasa la negociación, se podrá ordenar al arrendatario su desmantelamiento por su cuenta tras la demolición. Si no se puede desmontar, se podrán evaluar los materiales de decoración y el arrendador compensará adecuadamente al arrendatario por la pérdida de materiales de decoración. Si el arrendador no está de acuerdo con la decoración o el arrendatario no la adorna según el objeto de arrendamiento estipulado en el contrato, existe un acuerdo sobre la enajenación de los elementos de decoración. Si no hay acuerdo y no se puede llegar a una negociación, y si la demolición no afectará gravemente a su valor, se podrá ordenar al arrendatario que la derribe por su cuenta. Si no se puede desmontar, la decoración pertenecerá al arrendador de forma gratuita. Si la casa sufre daños por culpa del inquilino, éste será responsable de las reparaciones o compensación.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Artículo 707 Si las partes no confirman por escrito que el plazo del arrendamiento excede de seis meses, lo harán por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido. Si el plazo del arrendamiento es fijo, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido.
Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.
Artículo 715 El arrendatario podrá mejorar o ampliar el bien arrendado con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario mejora o añade otros elementos al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá exigir al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.