Factores de fuerza mayor en los contratos de alquiler de vivienda
(1) Desastres naturales, como tifones, inundaciones y granizo; (2) Acciones gubernamentales, como expropiación y expropiación; Eventos sociales, tales como huelgas, disturbios, etc.
Al aplicar la fuerza mayor, vale la pena tener en cuenta las siguientes cuestiones:
(1) El hecho de que se estipule una cláusula de fuerza mayor en el contrato no afecta la aplicación directa de las disposiciones legales. (2) La cláusula de fuerza mayor es una cláusula de exención legal. Si la cláusula de fuerza mayor acordada es menor que el alcance legal, las partes aún podrán invocar disposiciones legales para alegar que la exención es mayor que el alcance legal, y el exceso se considerará como una cláusula de exención más. (3) La fuerza mayor es obligatoria como cláusula de exención y las partes no acordarán excluir la fuerza mayor del alcance de la exención.
El efecto de exención de fuerza mayor Si el contrato no puede ejecutarse por causa de fuerza mayor, la responsabilidad quedará parcial o totalmente exenta en función del impacto de la fuerza mayor. Sin embargo, existen las siguientes excepciones:
(1) No se eximirá el pasivo diferido por deudas dinerarias por causa de fuerza mayor.
(2) La fuerza mayor que se produzca durante el cumplimiento retrasado no puede eximir de responsabilidad.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 707 Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Artículo 707 Si las partes no confirman por escrito que el plazo del arrendamiento excede de seis meses, lo harán por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido. Si el plazo del arrendamiento es fijo, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido.
Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.
Artículo 715 El arrendatario podrá mejorar o ampliar el bien arrendado con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario mejora o añade otros elementos al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá exigir al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.