Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en el juicio de disputas sobre contratos de arrendamiento de viviendas urbanas
Las disputas sobre contratos de alquiler de casas dentro de municipios y áreas de planificación de aldeas se pueden manejar con referencia a esta explicación. Sin embargo, si la ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
Esta interpretación no se aplica a disputas que surjan de partes que alquilan viviendas públicas, viviendas de bajo alquiler o viviendas asequibles de acuerdo con las políticas nacionales de bienestar. Artículo 2 El contrato de arrendamiento celebrado entre el arrendador y el arrendatario para una casa que no haya obtenido un permiso de planificación del proyecto de construcción o no haya sido construida de acuerdo con las disposiciones del permiso de planificación del proyecto de construcción no es válido. Sin embargo, si se obtiene un permiso de planificación del proyecto de construcción antes de la conclusión del debate en el tribunal de primera instancia o la construcción es aprobada por el departamento competente, el tribunal popular determinará su validez. Artículo 3 El contrato de arrendamiento celebrado entre el arrendador y el arrendatario sobre un edificio temporal que no haya sido aprobado o construido de acuerdo con el contenido aprobado es nulo. Sin embargo, si la construcción es aprobada por el departamento competente antes de la conclusión del debate en el tribunal de primera instancia, el tribunal popular la determinará como válida.
Si el período de arrendamiento excede la vida útil del edificio temporal, la parte excedente no será válida. Sin embargo, si la extensión del período de uso es aprobada por el departamento competente antes de la conclusión del debate en el tribunal de primera instancia, el Tribunal Popular determinará que el período de arrendamiento dentro del período de uso extendido es válido. Artículo 4 Si una parte solicita la confirmación de la nulidad de un contrato de alquiler de vivienda por no haber completado los procedimientos de registro y presentación de conformidad con las leyes y reglamentos administrativos, el Tribunal Popular no la apoyará.
Si las partes acuerdan que el contrato de arrendamiento de vivienda surtirá efectos con base en los procedimientos de registro y presentación, prevalecerá dicho acuerdo. Sin embargo, una parte ha cumplido con sus obligaciones principales excepto las aceptadas por la otra parte. Artículo 5 Si el contrato de arrendamiento de la vivienda es inválido y la parte interesada solicita pagar la tasa de ocupación de la vivienda con referencia al estándar de alquiler estipulado en el contrato, el tribunal popular generalmente lo respaldará.
Si una parte solicita una indemnización por las pérdidas sufridas debido a la invalidez de un contrato, el Tribunal Popular tratará el asunto de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Contratos y los artículos 9, 13 y 14 de este Interpretación Judicial. Artículo 6 Si el arrendador celebra múltiples contratos de arrendamiento para la misma casa y el arrendatario todos reclaman ejecutar el contrato, el tribunal popular determinará que el arrendatario deberá ejecutar el contrato en el siguiente orden:
(1 ) La casa arrendada ha sido ocupada legalmente;
(2) Se han completado los trámites de registro;
(3) El contrato se estableció anteriormente.
Si el arrendatario que no pudiera obtener la vivienda arrendada solicitare resolver el contrato y compensar las pérdidas, se procederá de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Contratos. Artículo 7 Si el arrendatario cambia o amplía el cuerpo principal del edificio y la estructura portante sin autorización y no lo restaura a su estado original dentro de un período de tiempo razonable requerido por el arrendador, y el arrendador solicita rescindir el contrato y exigir indemnización por pérdidas, el Tribunal Popular deberá cumplir con el artículo 210 de la Ley de Contratos. Se abordará lo dispuesto en el artículo 9. Artículo 8 Si una de las siguientes circunstancias inutiliza la casa arrendada y el arrendatario solicita rescindir el contrato, el tribunal popular lo sustentará:
(1) La casa arrendada es embargada por órganos judiciales o administrativos en de conformidad con la ley;
(2) La propiedad de la casa arrendada está en disputa;
(3) La casa arrendada viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos sobre las condiciones para el uso de la casa. Artículo 9 Si el arrendatario realiza renovaciones con el consentimiento del arrendador y el contrato de arrendamiento es inválido, no habrá renovaciones adjuntas. Si el arrendador acepta utilizarlo, puede ser propiedad del arrendador con descuento; si no acepta utilizarlo, el arrendatario puede desmantelarlo por sí mismo. Si la casa resulta dañada por demolición, el arrendatario deberá restaurarla a su estado original.
Los adornos accesorios utilizados con el consentimiento del arrendador pueden ser propiedad del arrendador con descuento; si no se conviene en su uso, las dos partes compartirán la pérdida del valor presente según la falta que los causó; el contrato sea inválido. Artículo 10 Si el arrendatario adorna el inmueble con el consentimiento del arrendador, cuando expire el plazo del arrendamiento o se resuelva el contrato, salvo pacto en contrario de las partes, el adorno y decoración que no constituyan accesorios podrán ser retirados por el arrendatario en su propia iniciativa. Si la casa resulta dañada por demolición, el arrendatario deberá restaurarla a su estado original. Artículo 11 El arrendatario y el arrendador han acordado la decoración. Cuando se resuelva el contrato, si las dos partes no han acordado la disposición de la decoración auxiliar, el tribunal popular lo tramitará por separado según las siguientes circunstancias:
(1) Rescisión por incumplimiento del contrato por parte del arrendador Según el contrato, si el arrendatario solicita al arrendador que compense la pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento, debe ser respaldado;
(2) Debido al incumplimiento del contrato por parte del arrendatario y la rescisión del contrato, el arrendatario solicita al arrendador que compense la pérdida de decoración durante el período restante del arrendamiento. No se admitirá la pérdida de valor residual. Sin embargo, si el arrendador acepta utilizarlo, deberá proporcionar una compensación adecuada dentro del alcance del valor de uso;
(3) Si el contrato se rescinde debido al incumplimiento del contrato por ambas partes, lo que resulta en una pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento, ambas partes correrán con la indemnización que corresponda según sus respectivas responsabilidades;
(4) Si el contrato se rescinde por causas no imputables a él. Ambas partes, la pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento será compartida por ambas partes de acuerdo con el principio de equidad. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Artículo 12 El arrendatario y el arrendador acuerdan la decoración. Si el arrendatario solicita al arrendador que compense los costos incidentales de decoración después de que expire el período de arrendamiento, el arrendatario no lo soportará. Salvo acuerdo en contrario de las partes. Artículo 13 Los gastos en que incurra el arrendatario por decoración o ampliación sin el consentimiento del arrendador correrán a cargo del arrendatario. Si el arrendador solicita al arrendatario que restablezca el inmueble a su estado original o compense las pérdidas, el tribunal popular lo apoyará.