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Opiniones de la Corte Suprema sobre la audiencia de disputas sobre contratos de arrendamiento durante la epidemia

Subjetividad jurídica:

La interpretación que hace la Corte Suprema de las cuestiones jurídicas aplicables en la audiencia de casos de disputas sobre contratos de arrendamiento financiero1. Determinación y validez de los contratos de arrendamiento financiero Artículo 1 El tribunal popular determinará si una relación jurídica de arrendamiento financiero se constituye de conformidad con lo dispuesto en el artículo 237 de la Ley de Contratos, teniendo en cuenta la naturaleza, el valor, la composición del alquiler y el derechos y obligaciones contractuales de las partes. El Tribunal Popular debería ocuparse de un contrato llamado arrendamiento financiero, pero el contrato en realidad no constituye una relación jurídica de arrendamiento financiero. Artículo 2 Si el arrendatario vende su propia propiedad al arrendador y luego arrienda la propiedad arrendada al arrendador mediante un contrato de arrendamiento financiero, el tribunal popular no considerará que no constituye un arrendamiento financiero solo porque el arrendatario y el vendedor están la misma persona. Artículo 3 De conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos, si el arrendatario debe obtener una licencia administrativa para operar y utilizar el inmueble arrendado, el tribunal popular no determinará que el contrato de arrendamiento financiero es inválido porque el arrendador no ha obtenido la autorización administrativa. licencia. Artículo 4 Si se determina que un contrato de arrendamiento financiero es inválido, si las partes tienen un acuerdo sobre la propiedad del objeto arrendado en virtud del contrato inválido, dicho acuerdo prevalecerá. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro y las partes no pueden llegar a un acuerdo mediante negociación, el bien arrendado será devuelto al arrendador. Sin embargo, si el contrato es inválido por culpa del arrendatario y el arrendador no exige la devolución de la propiedad arrendada, o si el valor y la utilidad de la propiedad arrendada se reducirán significativamente después de su devolución al arrendador, el tribunal popular podrá disponer que la propiedad del bien arrendado pertenezca al arrendatario y éste deberá compensarlo con un descuento en función del cumplimiento del contrato y del pago del alquiler. dos. Ejecución del contrato y publicidad del bien arrendado Artículo 5 Si el vendedor viola la obligación de entregar la cosa al arrendatario según lo estipulado en el contrato, y el arrendatario se niega a aceptar el bien arrendado por cualquiera de las siguientes circunstancias, el el tribunal popular lo sustentará: (1) El bien arrendado es un incumplimiento grave del contrato (2) El vendedor no entrega el objeto arrendado dentro del plazo de entrega acordado o dentro de un plazo razonable, y no entrega el bien en el momento; vencimiento del plazo de recordatorio tras haber sido instado por el arrendatario o arrendador. Si el arrendatario se niega a hacerse cargo del bien arrendado, no notifica oportunamente al arrendador o se niega a hacerse cargo del bien arrendado sin razones justificables, causando pérdidas al arrendador, y el arrendador reclama daños y perjuicios al arrendatario, el Pueblo El tribunal sustentará la demanda. Artículo 6 El derecho del arrendatario a reclamar una indemnización al vendedor no afecta a su obligación de pagar el alquiler en virtud del contrato de arrendamiento financiero, pero el arrendatario reclama una reparación basándose en la capacidad del arrendador para determinar la propiedad arrendada o en que el arrendador interfiere en la selección del inmueble arrendado o exento de la correspondiente obligación de pagar el alquiler. Artículo 7 Mientras el arrendatario esté en posesión del bien arrendado, el riesgo de daño o pérdida del bien arrendado correrá a cargo del arrendatario. Si el arrendador solicita que el arrendatario continúe pagando el alquiler, el tribunal popular lo sustentará. Salvo acuerdo en contrario de las partes o disposición legal en contrario. Artículo 8 Si el arrendador transfiere parte o la totalidad de sus derechos derivados del contrato de arrendamiento financiero y el cesionario solicita rescindir o modificar el contrato de arrendamiento financiero por este motivo, el tribunal popular no lo admitirá. Artículo 9 Si el arrendatario o el usuario real del objeto arrendado transfiere el objeto arrendado o establece otros derechos de propiedad sobre el objeto arrendado sin el consentimiento del arrendador, un tercero obtendrá la propiedad u otros derechos del objeto arrendado de acuerdo con De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley de Propiedad, si el arrendador alega que los derechos de propiedad del tercero no están establecidos, el tribunal popular no lo admitirá, salvo en una de las siguientes circunstancias: (1) El arrendador ha marcado. la propiedad arrendada en una posición destacada, y el tercero está negociando con el arrendatario. El arrendador sabía o debería haber sabido que la propiedad arrendada era la propiedad arrendada (2) El arrendador autorizó al arrendatario a hipotecar la propiedad arrendada al arrendador; y registró el derecho hipotecario ante la autoridad de registro de conformidad con la ley (3) Cuando un tercero realizó una transacción con el arrendatario, el tercero no cumplió con los requisitos. Consultas sobre transacciones de arrendamiento financiero en las instituciones correspondientes de conformidad con las disposiciones de la Ley; leyes, reglamentos administrativos, autoridades industriales o regionales competentes; (4) otras circunstancias en las que el arrendador tenga pruebas que demuestren que el tercero sabe o debe saber que el objeto de la transacción es el bien arrendado. Artículo 10 Las partes acuerdan que el objeto arrendado pertenecerá al arrendador una vez expirado el período de arrendamiento. Si el arrendatario no puede devolver el objeto arrendado porque está dañado, perdido o adherido o mezclado con otros objetos, y el arrendador exige una compensación razonable, el tribunal popular lo apoyará. tres. Terminación del Contrato Artículo 11 Si el arrendador o arrendatario solicita rescindir el contrato de arrendamiento financiero bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular lo sustentará: (1) El contrato de compraventa entre el arrendador y el vendedor se rescinde, se confirma que inválido, o es Cancelación, ambas partes no vuelven a celebrar el contrato de compraventa (2) El objeto arrendado se daña o se pierde accidentalmente por razones no imputables a ambas partes, y no puede ser reparado o reemplazado; (3) El propósito de; El contrato de arrendamiento financiero no puede realizarse por culpa del vendedor. Artículo 12 Si el arrendador solicita rescindir el contrato de arrendamiento financiero en cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular lo admitirá: (1) El arrendatario transfiere, subarrenda, hipoteca, pignora, invierte en acciones o utiliza otros medios para rescindir el contrato. contrato de arrendamiento financiero sin el consentimiento del arrendador (2) El arrendatario no paga la renta dentro del plazo y monto estipulados en el contrato, cumple las condiciones de resolución estipuladas en el contrato y no paga dentro de un plazo razonable. tiempo después de haber sido instado por el arrendador; (3) No está especificado en el contrato. Se estipula que el contrato se rescindirá por falta de pago del alquiler, pero el arrendatario no ha pagado el alquiler por más de dos períodos, o el el monto alcanza más del 15% del alquiler total y no paga dentro de un período razonable después de haber sido instado por el arrendador (4) El arrendatario viola el contrato y otras circunstancias que hacen que el propósito del contrato no pueda realizarse; Artículo 13 Si el arrendatario no puede poseer y utilizar el bien arrendado por culpa del arrendador y el arrendatario solicita rescindir el contrato de arrendamiento financiero, el tribunal popular lo sustentará. Artículo 14 Si una parte sólo solicita rescindir el contrato de arrendamiento financiero en el litigio de primera instancia pero no reclama la propiedad de la propiedad arrendada ni una compensación por las pérdidas, el tribunal popular podrá explicárselo a la parte.

Artículo 15 Si un contrato de arrendamiento financiero se rescinde por daño o pérdida accidental del objeto arrendado después de su entrega al arrendatario, u otras causas que no sean imputables a las partes, y el arrendador solicita al arrendatario una compensación conforme a la depreciación. del objeto arrendado, el tribunal popular lo sustentará. Artículo 16 Si el contrato de arrendamiento financiero se rescinde por revocación, nulidad o terminación del contrato de compraventa, el arrendador reclama que el arrendatario debe compensar las pérdidas correspondientes de acuerdo con lo establecido en el contrato de arrendamiento financiero, o en el contrato de arrendamiento financiero. no estipula o la estipulación no es clara, pero la venta. Si la persona y el objeto arrendado son elegidos por el arrendatario, el tribunal popular apoyará la elección. Si el arrendador ha sido indemnizado por sus pérdidas al rescindirse, declararse nulo o revocarse el contrato de compraventa, el arrendatario quedará exento de la correspondiente responsabilidad indemnizatoria. Cuatro. Responsabilidad por incumplimiento del contrato Artículo 17 Si el arrendador concurre alguna de las siguientes circunstancias, que afecte la posesión y uso por parte del arrendatario del bien arrendado, y el arrendatario solicita al arrendador la compensación de las pérdidas correspondientes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245 del la Ley de Contratos, el Tribunal Popular sustentará la solicitud: (1) Recuperar el bien arrendado sin motivos justificables (2) Impedir o interferir con la posesión y uso del bien arrendado por parte del arrendatario sin motivos justificables; reclamar derechos sobre el bien arrendado por culpa del arrendador; (4) Otras circunstancias que afecten indebidamente la posesión y uso del bien arrendado por parte del arrendatario; Artículo 18 Si el arrendador concurre alguna de las siguientes circunstancias, causando que el derecho del arrendatario a reclamar contra el vendedor expire o se frustre, y el arrendatario exige al arrendador asumir las responsabilidades correspondientes, el tribunal popular lo sustentará: (1) No cumplir informar la calidad del objeto arrendado Notificar al arrendatario los defectos (2) El arrendatario no proporciona la asistencia necesaria en tiempo y forma al ejercer su derecho de reclamación (3) Retrasos en el ejercicio de su derecho de reclamación contra el vendedor según lo estipulado en; el contrato de arrendamiento financiero; (4) Ejercer su derecho de reclamación contra el vendedor según lo estipulado en el contrato de compraventa lenta. Artículo 19 Si el objeto arrendado no se ajusta al contrato de arrendamiento financiero y el arrendador comete cualquiera de los siguientes actos, el arrendatario obliga al arrendador a asumir las responsabilidades correspondientes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 241 y 244 de la Ley de Contratos: El tribunal popular debe respaldar: (1) Cuando el arrendatario elige al vendedor y el objeto arrendado, el arrendador juega un papel decisivo en la selección del objeto arrendado (2) El arrendador interfiere o exige que el arrendatario elija al vendedor o al arrendatario; objeto según los deseos del arrendador. El objeto arrendado (3) El arrendador cambia el vendedor o el objeto arrendado seleccionado por el arrendatario; Si el arrendatario afirma confiar en las habilidades del arrendador para determinar la propiedad arrendada o el arrendador interfiere en la selección de la propiedad arrendada, el arrendatario asumirá la carga de la prueba de los hechos anteriores. Artículo 20 Si el arrendatario incumple su obligación de pagar el alquiler o retrasa el cumplimiento de otras obligaciones de pago, y el arrendador solicita el pago de los intereses vencidos y la indemnización correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el contrato de arrendamiento financiero, el tribunal popular deberá apoyarlo. Artículo 21 Si el arrendador solicita al arrendatario que pague la totalidad del alquiler impago según lo acordado en el contrato y al mismo tiempo solicita rescindir el contrato de arrendamiento financiero, el tribunal popular informará al arrendatario para que elija de conformidad con lo dispuesto en el artículo. 248 de la Ley de Contratos. Si el arrendador solicita al arrendatario que pague todo el alquiler impago según lo estipulado en el contrato, y el tribunal popular decide que el arrendatario no cumple, el tribunal popular aceptará su solicitud de rescindir el contrato de arrendamiento financiero y recuperar la propiedad arrendada. Artículo 22 Si el arrendador solicita rescindir el contrato de arrendamiento financiero de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de esta Interpretación, y al mismo tiempo solicita recuperar el bien arrendado y compensar las pérdidas, el Tribunal Popular sustentará la solicitud. El alcance de la compensación de pérdidas especificada en el párrafo anterior es la diferencia entre el alquiler y otros gastos impagos del arrendatario y el valor recuperado del bien arrendado. Si el bien arrendado es propiedad del arrendador después de que expire el plazo de arrendamiento estipulado en el contrato, el alcance de la compensación de pérdidas también incluirá el valor residual del bien arrendado después de la expiración del contrato de arrendamiento financiero. Artículo 23 Si surge una disputa entre el arrendatario y el arrendador sobre el valor del objeto arrendado durante el período del litigio, el tribunal popular podrá determinar el valor del objeto arrendado de acuerdo con lo estipulado en el contrato de arrendamiento financiero si no lo hubiere; estipulación en el contrato de arrendamiento financiero o la estipulación no es clara, el tribunal popular puede referirse a La depreciación del objeto arrendado estipulada en el contrato de arrendamiento financiero y el valor residual del objeto arrendado después de la expiración del contrato determinan el valor del arrendado objeto. Si el arrendatario o arrendador considera que el valor determinado de conformidad con el párrafo anterior se desvía gravemente del valor real del bien arrendado, podrá solicitar al Tribunal Popular que encomiende a una agencia calificada la realización de una tasación o subasta. 5. Otras disposiciones Artículo 24 Si surge una disputa entre el vendedor y el comprador debido al contrato de compraventa, o surge una disputa entre el arrendador y el arrendatario debido al contrato de arrendamiento financiero, y las partes sólo presentan una demanda sobre uno de los relaciones contractuales, el Tribunal Popular Si tras la revisión se cree que otras partes del contrato tienen un interés legal en el resultado del caso, se les puede notificar para que participen en el litigio como un tercero. Si el arrendatario es inconsistente con el usuario real del objeto arrendado, y las partes del contrato de arrendamiento financiero no han entablado una demanda contra el usuario real del objeto arrendado, y si el tribunal popular determina después de una revisión que el usuario real del objeto arrendado objeto arrendado tiene un interés legal en el resultado del litigio, podrá notificarle participar en el litigio como tercero. Si el arrendatario reclama directamente contra el vendedor el derecho de pago, reclamación de derechos y otros contratos de compraventa del inmueble arrendado con base en el contrato de compraventa o contrato de arrendamiento financiero, el tribunal popular notificará al arrendador para que participe en el litigio como tercero. Artículo 25 El plazo de prescripción para que una parte solicite al Tribunal Popular la protección de sus derechos debido a una disputa por impago del alquiler en virtud de un contrato de arrendamiento financiero es de dos años, contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo del arrendamiento. Artículo 26 Esta interpretación entrará en vigor el 1 de marzo de 2065438. Al mismo tiempo se abolieron los "Reglamentos del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas al juicio de casos de controversias sobre contratos de arrendamiento financiero" (Fafafa [1996] Nº 19). Esta Interpretación se aplicará a las disputas sobre contratos de arrendamiento financiero que aún no hayan sido finalizados después de la implementación de esta Interpretación. Esta Interpretación no se aplicará a los casos en los que se haya dictado una sentencia definitiva antes de la implementación de esta Interpretación y las partes soliciten un nuevo juicio. o decidir celebrar un nuevo juicio de conformidad con los procedimientos de supervisión del juicio. Lo anterior es el conocimiento relevante de la "Interpretación de la Corte Suprema sobre las Cuestiones Jurídicas Aplicables en el Juicio de Casos de Controversias sobre Contratos de Arrendamiento Financiero".

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