Controversias entre un arrendatario y el mismo arrendatario.
2. La carga de la prueba es diferente. En la responsabilidad contractual, el arrendatario no tiene la carga de probar el motivo del incumplimiento del contrato de arrendamiento, mientras que el arrendador debe probar que no tiene culpa, de lo contrario se presumirá que tiene culpa y asumirá la responsabilidad. En la responsabilidad extracontractual, corresponderá a la víctima la carga de la prueba de la negligencia e intencionalidad del autor. "Donde está la prueba, allí está la pérdida". Por tanto, la diferencia en la carga de la prueba está directamente relacionada con los intereses de las partes.
Base jurídica: “Medidas para la Administración del Arrendamiento de Vivienda Urbana”
Artículo 19 Las partes que intervienen en el arrendamiento de vivienda gozarán de los derechos estipulados en el contrato de arrendamiento y asumirán las obligaciones correspondientes. Si el arrendador realmente necesita recuperar la casa por adelantado durante el período de arrendamiento, debe obtener el consentimiento previo del arrendatario. Si se producen pérdidas, el arrendador debe compensar al arrendatario.
Artículo 20 El arrendador deberá entregar la casa al arrendatario dentro del plazo fijado en el contrato de arrendamiento. Si la casa no puede entregarse a tiempo, se pagará la indemnización por daños y perjuicios. Si se causan pérdidas al arrendatario, el arrendatario será responsable de la indemnización.
Artículo 21 Si la casa de alquiler sufre daños naturales o el contrato estipula que el arrendador la reparará, el arrendador será responsable de la reparación. Si la casa no es reparada a tiempo y causa un accidente destructivo, resultando en pérdida de propiedad o lesiones personales al arrendatario, éste será responsable de la indemnización. Si la casa se alquila para actividades productivas y comerciales, la responsabilidad de la reparación estará estipulada en el contrato de arrendamiento por ambas partes.