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¿Se debe presentar un contrato de alquiler de casa?

Análisis jurídico: No todos los contratos de alquiler de vivienda necesitan ser registrados y archivados, dependiendo de la situación: 1. Si se trata de un edificio comercial, el arrendador y el arrendatario deberán acudir al departamento de administración de bienes raíces donde se encuentra la casa para completar los trámites de registro y presentación con los materiales pertinentes dentro de los 30 días. 2. Si se trata de un edificio residencial, el registro no es; Se requiere temporalmente, pero para proteger eficazmente los derechos e intereses del arrendatario, lo mejor es registrarse y presentar. En términos generales, el registro es una mejor manera.

Base jurídica: Artículo 14 de las “Medidas de Gestión del Arrendamiento de Vivienda”. Dentro de los 30 días siguientes a la celebración del contrato de arrendamiento de la vivienda, las partes involucradas en el arrendamiento de la vivienda deberán acudir al departamento competente en materia de construcción (bienes raíces) del gobierno popular del municipio, ciudad o condado donde se encuentra la vivienda arrendada para registrarlo. y presentar el contrato de arrendamiento de la vivienda. Las partes que intervienen en el arrendamiento de una vivienda podrán encomendar por escrito a otros la gestión del registro del arrendamiento. El artículo 15 de las "Medidas de gestión del alquiler de viviendas" se aplica al registro de alquileres de viviendas. Las partes involucradas en el arrendamiento de viviendas deberán presentar los siguientes materiales:

(1) Contrato de arrendamiento de viviendas;

(2) Las partes involucradas en el arrendamiento de la casa Prueba de identidad;

(3) Certificado de propiedad de la casa u otro certificado de propiedad legal;

(4) Prueba de identidad según lo estipulado por el departamento competente de construcción (bienes raíces) del gobierno popular municipal, de la ciudad o del condado Otros materiales.

Los materiales presentados por las partes involucradas en el arrendamiento de la vivienda serán verdaderos, legales y válidos, y no ocultarán la situación real ni proporcionarán materiales falsos.