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Exenciones de contrato según las nuevas normas de arrendamiento

Análisis jurídico: En un contrato de arrendamiento de vivienda, la fuerza mayor estipulada hace que el contrato de arrendamiento no pueda cumplir con su responsabilidad por incumplimiento del contrato. La fuerza mayor se refiere a circunstancias objetivas que no pueden preverse, evitarse y no pueden superarse, como los desastres naturales. , guerras, etc Las partes podrán rescindir el contrato en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) El objeto del contrato no puede lograrse por causa de fuerza mayor (2) Antes del vencimiento del plazo de ejecución, una de las partes lo manifiesta o demuestra expresamente por su propia conducta; que no cumplirá con la obligación principal; (3) Una parte retrasa el cumplimiento de la deuda principal dentro de un período razonable después de haber sido instada; (4) Una parte retrasa el cumplimiento de su deuda o comete otros incumplimientos del contrato, lo que resulta en el; incumplimiento del objeto del contrato; (5) Otras circunstancias previstas por la ley;

Base jurídica: Artículo 707 del Código Civil de la República Popular China. Si el plazo del arrendamiento supera los seis meses, deberá constar por escrito. Artículo 707 Si las partes no confirman por escrito que el plazo del arrendamiento excede de seis meses, lo harán por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará un arrendamiento indefinido. Si el plazo del arrendamiento es fijo, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido. Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado y causa pérdidas al bien arrendado, no será responsable de indemnización. Artículo 715 El arrendatario podrá mejorar o ampliar el bien arrendado con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario mejora o añade otros elementos al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá exigir al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.