Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - ¿Es legalmente vinculante un acuerdo oral en un contrato de alquiler de casa?

¿Es legalmente vinculante un acuerdo oral en un contrato de alquiler de casa?

El acuerdo verbal sobre el contrato de arrendamiento tiene efectos legales y puede considerarse como un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido. Ambas partes pueden rescindir la relación de arrendamiento en cualquier momento. Durante el período de arrendamiento, el arrendatario deberá pagar el alquiler puntualmente de conformidad con el acuerdo verbal. Con el consentimiento del arrendador, la casa arrendada podrá subarrendarse a un tercero.

Base Legal

Artículo 705 del Código Civil

El plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.

Artículo 707

Si el plazo del arrendamiento fuera superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no adoptan una forma escrita y no pueden determinar el plazo del arrendamiento, se considerará un arrendamiento por tiempo indefinido.

Artículo 730

Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre el plazo del arrendamiento o el contrato es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, se procederá el arrendamiento por duración determinada se considerará inválido; las partes podrán rescindir el contrato en cualquier momento, pero deberán notificarlo a la otra parte dentro de un plazo razonable.