Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - ¿Tiene el centro comercial derecho a cortar el suministro eléctrico sin pagar alquiler?

¿Tiene el centro comercial derecho a cortar el suministro eléctrico sin pagar alquiler?

Si el comerciante le debe el alquiler a la tienda, el centro comercial no tiene derecho a cortar el suministro eléctrico porque el centro comercial no es objeto del contrato de suministro de energía. Si un comerciante no paga el alquiler, el centro comercial puede exigirle que pague el alquiler atrasado dentro de un período de tiempo determinado. Si el comerciante no ha pagado después de la expiración del período de recordatorio, el centro comercial puede rescindir el contrato de arrendamiento en este momento y exigir al comerciante que asuma la responsabilidad por el incumplimiento del contrato. El artículo 94 de la "Ley de Contratos" estipula que las partes podrán rescindir el contrato en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) El objeto del contrato no puede realizarse por fuerza mayor;

( 2) Antes del vencimiento del plazo de ejecución, una de las partes expresamente expresa o demuestra por su propia conducta que no cumplirá con la obligación principal;

(3) Una parte retrasa la ejecución de la obligación obligación principal y no cumple dentro de un período razonable después de haber sido recordado;

(4) Una parte retrasa el cumplimiento de sus deudas o comete otros incumplimientos del contrato, lo que resulta en el incumplimiento del propósito del contrato ;

(5) Otras circunstancias previstas por la ley.