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¿Las atracciones turísticas pueden emitir facturas especiales con IVA?

Las atracciones turísticas pueden emitir facturas especiales con IVA.

El "Reglamento sobre el Uso de Facturas Especiales del Impuesto al Valor Agregado" estipula que los contribuyentes generales venden bienes (incluidos los bienes que se consideran vendidos), servicios gravados y servicios no gravados que están sujetos al IVA de acuerdo con las normas del IVA (en adelante denominadas partidas sujetas a impuestos sobre las ventas), se debe emitir al comprador una factura especial del impuesto al valor agregado. Sin embargo, no se permite la emisión de facturas especiales con IVA en las siguientes circunstancias:

(1) Ventas de artículos sujetos a impuestos a consumidores.

(2) Ventas de artículos libres de impuestos, excepto ventas de cereales por parte de empresas estatales de compra y comercialización de cereales.

(3) Ventas de bienes exportados y ventas de servicios gravados al extranjero.

(4) Utilizar bienes para partidas no gravadas.

(5) Utilizar bienes para el bienestar colectivo o consumo personal.

(6) Prestación de servicios no sujetos al impuesto (excepto el impuesto sobre el valor añadido), transferencia de activos intangibles o venta de bienes inmuebles.

Al vender artículos sujetos a impuestos a pequeños contribuyentes, no se permiten facturas especiales con IVA.

Los contribuyentes generales regalan bienes a otros. Si el beneficiario es un contribuyente general, se puede emitir una factura especial del impuesto al valor agregado a solicitud del beneficiario.

Las empresas comerciales minoristas sólo pueden emitir facturas especiales del impuesto al valor agregado a entidades cuyos compradores sean contribuyentes generales. Los compradores que soliciten facturas especiales deberán poseer un certificado de registro tributario (copia) sellado con el sello de un contribuyente general. Las empresas comerciales minoristas no pueden emitir facturas especiales sin presentar vales.

En resumen, el alcance de la emisión de facturas especiales con IVA está limitado por dos factores:

Primero, si se pueden emitir facturas especiales para artículos de venta;

En segundo lugar, si el comprador puede utilizar la factura especial para deducir impuestos.

Artículos específicos para los cuales no se pueden emitir facturas especiales:

(1) Restricciones de artículos de venta: ventas de bienes declarados para exportación y ventas de servicios sujetos a impuestos en el extranjero; (empresas estatales de compra y venta de cereales (excepto la venta de cereales); prestación de servicios no sujetos a impuestos (excepto el impuesto al valor añadido), transferencia de activos intangibles o venta de bienes inmuebles;

(2) Definición de comprador: El comprador es el consumidor final; a los contribuyentes generales sin IVA. Donación de bienes. Las empresas comerciales minoristas venden bienes a los contribuyentes generales sin IVA.