Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - ¿Se considera terreno edificable el área ocupada por vías en los atractivos turísticos?

¿Se considera terreno edificable el área ocupada por vías en los atractivos turísticos?

Las vías de interés turístico pertenecen a terrenos edificables.

Según la definición de suelo edificable, suelo turístico se refiere a terrenos destinados a instalaciones especiales para hacer turismo, incluidos lugares pintorescos, parques infantiles, campos de golf, etc. En las atracciones turísticas, las carreteras son la infraestructura que conecta diversas atracciones e instalaciones, proporcionando un transporte conveniente para los turistas. Por tanto, las carreteras en atractivos turísticos pueden clasificarse como parte de suelo turístico y pertenecen a la categoría de suelo edificable.