¿Puede alojarse en el hotel un chico de 18 años y una chica de 17 años?
Siempre y cuando te registres de acuerdo con las regulaciones y no hagas nada ilegal, está bien. El artículo 6 de las "Medidas de gestión de la seguridad pública de la industria hotelera" exige que los hoteles se registren para alojar a turistas. Al realizar el registro se comprobará el documento de identidad del pasajero y se registrará verazmente a los pasajeros según los puntos prescritos. Cuando reciban alojamiento de turistas extranjeros, también deben presentar un formulario de registro de alojamiento a la agencia de seguridad pública local dentro de las 24 horas.
Aunque no es ilegal que hombres y mujeres menores de edad reserven habitaciones en hoteles, es un mal comportamiento que vulnera gravemente la moral social. Los órganos de seguridad pública pueden realizar críticas y educar y notificar a las escuelas y a los padres. Artículo 14 de la "Ley de Prevención de la Delincuencia Juvenil": Los padres u otros tutores y las escuelas de menores educarán a los menores para que no cometan las siguientes malas conductas:
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2. Portar cuchillos controlados;
3. Pelear e insultar a otros;
4. Pedir propiedad ajena por la fuerza;
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5. Robo y destrucción intencional de propiedad;
6. Participar en juegos de azar o juegos de azar encubiertos;
7. Ver y escuchar productos audiovisuales pornográficos y obscenos. , libros, etc ;
8. Ingresar a salones de baile comerciales y otros lugares que no sean aptos para menores según lo estipulado por las leyes y reglamentos;
9. Otras malas conductas que atenten gravemente contra la ética social.
Artículo 15 Los padres u otros tutores de menores y las escuelas educarán a los menores a no fumar ni beber alcohol. No se podrá vender tabaco ni bebidas alcohólicas a menores de edad en ningún local comercial.
Artículo 16 Si un estudiante de primaria o secundaria está ausente de clase, la escuela se comunicará de inmediato con sus padres u otros tutores.
Si un menor sale por la noche sin permiso, sus padres u otros tutores o el internado donde reside deberán conocer oportunamente la situación o buscar ayuda de los órganos de seguridad pública. Si acoge a un menor que permanece afuera por la noche, deberá obtener el consentimiento de sus padres u otros tutores, o notificar inmediatamente a sus padres u otros tutores, a la escuela donde reside, o reportarse al órgano de seguridad pública dentro de las 24 horas.