¿Qué pasará con la vivienda pública de alquiler que solicité?
Base legal: Artículo 27 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler” Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos deberá devolver la vivienda pública de alquiler:
( 1) Préstamo, cesión Alquiler o cambio de vivienda pública de alquiler sin autorización.
(2) Cambiar el uso de la vivienda pública de alquiler;
(3) Destruir o decorar la vivienda pública de alquiler sin autorización y negarse a restaurarla a su condición original
(4) ) Participar en actividades ilegales en viviendas públicas de alquiler;
(5) Viviendas públicas de alquiler dejadas inactivas durante más de 6 meses sin motivos justificables.
Si el arrendatario se niega a devolver la vivienda pública de alquiler, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado le ordenará que la devuelva dentro de un plazo si el inquilino no la devuelve; dentro del plazo, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado podrá solicitar un reembolso de conformidad con la ley.