¿Qué debo hacer si el propietario no reduce el alquiler?
La epidemia es una fuerza mayor. Si como resultado del contrato no se puede ejecutar, se puede reducir parte o la totalidad de la responsabilidad y se recomienda que ambas partes negocien una solución. Según el Código Civil, si un contrato no puede ejecutarse por causa de fuerza mayor, la responsabilidad quedará parcial o totalmente exenta en función del impacto de la fuerza mayor, salvo disposición legal en contrario.
Objetividad jurídica:
Artículo 6868 Artículo 590 del Código Civil Si el contrato no puede ejecutarse por fuerza mayor, la responsabilidad quedará parcial o totalmente exenta en función del impacto de la fuerza. caso mayor, salvo disposición legal en contrario. Si el contrato no puede ejecutarse debido a fuerza mayor, se debe notificar a la otra parte de manera oportuna para reducir posibles pérdidas para la otra parte y se deben proporcionar pruebas dentro de un tiempo razonable. Si la fuerza mayor se produce después de un retraso en el cumplimiento, la parte no puede eximirse de responsabilidad por incumplimiento del contrato.